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Martes 21 de marzo de 2017

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Martes 21 de marzo de 2017
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El tratado de 1904; y sus nefastas consecuencias
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Editorial y opiniones

El tratado de 1904; y sus nefastas consecuencias

21 mar 2017

Por: Hugo Gutiérrez Canaza

El Tratado de Paz y Amistad que fue firmado el 20 de octubre de 1904 entré Bolivia y Chile, que daba por finalizado el estado de la "tregua" de 1884, en el fondo solo le sirvió a Chile, para asegurar de manera definitiva el acto de legitimación del territorio usurpado y el apoderamiento de nuestras riquezas, haciendo un énfasis muy amplio en los artículos 2º (segundo) y 5º (cinco),demostrando claramente que la única motivación para los chilenos fue la de definir milimétricamente el espacio tomado por la fuerza.

Pese a que Chile adquiere dentro del "Tratado" una serie de compromisos y acuerdos, en los hechos, posteriormente a la firma, este país fue relegando sus compromisos, como la implementación de la red ferroviaria en el territorio nacional, que fue tardía su ejecución, así como la construcción del ferrocarril hacia Arica, siendo que este proyecto fue entregado incumpliendo plazos, además que después a la conclusión de las vías férreas hacia Arica, no existió ninguna voluntad política para conservar los acuerdos del Tratado.

Pero, el tema de fondo que nos preocupa en estos momentos a todos los bolivianos es el incumplimiento principalmente; de los art. 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 del "Tratado", que son los artículos relacionados con los puertos marítimos de Arica y Antofagasta, al mismo tiempo con los puertos posteriores al tratado, tal como indica el art. 6�"el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico". Esto quiere decir, la libre transitabilidad hacia los puertos del Pacífico�"sin restringir la cantidad de puertos", en este caso el Puerto de Iquique (EPI) incluida la denominada Iquique Terminal Internacional (ITI),que en la actualidad son utilizados para las cargas de importación en tránsito, o con destino a la Zona Franca de Iquique(ZOFRI), pero que no se respeta el tratado en el Art.7º que indica: �"Bolivia tendrá el derecho de constituir agencias aduaneras en los puertos que designe para hacer su comercio".

Es por demás decir, que Chile no solo los incumple, también de manera solapada permite que sus ciudadanos organicen y ejecuten una serie de huelgas, paros prolongados, que ocasionan el peor perjuicio a la industria productiva, dañando la economía nacional de manera estrepitosa, daños económico irreversibles, pérdidas económicas que hasta la fecha nadie asume esta gran responsabilidad.

Podemos deducir qué a estas alturas del tiempo, esté documento firmado el año 1904, tenía un doble propósito favorable para los chilenos y desfavorable para los bolivianos:

1°.- Despojarnos nuestro territorio y nuestras riquezas mineralógicas con un valor incalculable, ellos solo actuaban y mostraban cierta voluntad, para ello solo necesitaban validar todo el contenido del tratado concernientes a los espacios arrebatados manifestado en el tratado.

2°.- Cortarnos y cerrarnos una salida territorial y marítima vía los puertos del Pacífico del Estado Chileno, para ahogarnos económicamente y ser presa fácil para una segunda invasión.

Con este hecho, se estaría aplicando nuevamente el plan "Alpaca", que consiste en debilitar la economía de Bolivia, corroer la institucionalidad, enfrentarnos internamente entre bolivianos, luego atacar para una segunda invasión como meta final. Para ello cuenta con el mejor armamento de toda la Región, inclusive superior a la capacidad de armamentos del Brasil, dado que los recursos naturales de ellos se les están acabando sin la posibilidad de encontrar más recursos estratégicos con la única mira en los recursos naturales de Bolivia.

Es preciso señalar, que deberíamos entrar en la etapa preliminar de una demanda por el incumplimiento del tratado. De la misma manera, las empresas privadas del Estado boliviano están en la obligación jurídica de iniciar un proceso civil enmarcado dentro del Derecho Internacional Privado por daños y perjuicios ocasionados tanto a empresas exportadoras e importadoras, de la misma manera por los daños ocasionados a las empresas del transporte pesado y otros servicios que fueron afectados por los paros realizados por funcionarios públicos y ciudadanos chilenos.

El Estado chileno, deberá coadyuvar en la identificación de los responsables de los daños, luego del "debido proceso", la sentencia y el cumplimiento de pago por los daños económicos ocasionados a los intereses de las empresas operadoras de carga en los puertos principales relacionados con los tránsitos de Pisiga, Tambo Quemado y Charaña.

Caso contrario, interponer una denuncia ante los organismos internacionales como la Organización de Estados Americanos (OEA), que tiene la capacidad de injerencia en políticas internas de cada país, de la misma manera debe coadyuvar en el cumplimiento irrestricto del Tratado de 1904, de igual forma a la Organización Mundial del Comercio (OMC), que regula el comportamiento del tránsito y destino de mercaderías.

Además, presentar la denuncia a todas las instancias internacionales que tengan la capacidad jurídica en el cumplimiento de tratados binacionales que se encuentran en la Organización de las Naciones Unidas (ONU), así como a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por los abusos y los tratos inhumanos que reciben los transportistas en los puertos de Arica e Iquique.

Finalmente, no se puede hablar de un "Tratado", si el trato de parte de funcionarios chilenos contiene acciones de discriminación, la falta de provisión de lo más elemental como es el agua, acciones de revancha sin sentido, atemorizando a los bolivianos, sin dar las garantías a la seguridad, a la tranquilidad y a la libre circulación, en el cumplimiento de obligaciones de trabajo de descarguío y carguío, que el Estado chileno no asume para nada; sin ningún resguardo, echando por los suelos el Tratado de 1904 de Paz y Amistad.

(*) Proyectista de ley 3316 de Desarrollo integral y Puerto Seco de Oruro.

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