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Miercoles 15 de marzo de 2017

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Oruro - Regional

Autoridades judiciales hallan desatinos en sentencias constitucionales y Código Penal

15 mar 2017

Fuente: LA PATRIA

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Las autoridades judiciales de la Sala Penal Nº 2 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (TDJO) ayer denunciaron la existencia de algunas incongruencias entre sentencias constitucionales y el Código Penal respecto a la detención por delitos que tienen penas iguales a tres años.

A manera de ejemplo mencionaron casos de accidentes de tránsito en los que la justicia determinó detención preventiva por estar estipulados en el Código Penal, pero ante ello se emitieron sentencias constitucionales que de manera adversa emitieron acciones de libertad.

"Cuando hay un accidente de tránsito y el chofer está sano, no está ebrio, su pena es tres años, según el art 232 del Código de Procedimiento Penal, pero recientemente se ha visto que el Tribunal Constitucional Plurinacional razona lo contrario al código, pues dice (que) cuando la pena es inferior o igual a tres años no procede la detención" indicó el vocal de la Sala Penal Nº 2 del TDJO, Gregorio Orozco.

Por su parte el presidente de la Sala Penal Nº 2 del TDJO, José Romero, indicó que la preocupación de dicha Sala es que se tiene conocimiento de apelaciones en casos de accidentes de tránsito con homicidio culposo, dónde jueces determinan medidas sustitutivas bajo el razonamiento del Código Penal, pero la parte imputada interpusieron acciones de libertad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional y ésta habría "arrojado" sentencias constitucionales donde cambian el razonamiento de lo dispuesto por los jueces.

Orozco explicó que en la práctica la víctima o los afectados solicitan la detención preventiva ante el juez correspondiente, pero éste debe razonar argumentando que dicha detención no procede, basándose en el aspecto constitucional, lo cual ocasiona susceptibilidades de parte de los afectados.

"En la práctica no es así, las víctimas o denunciantes no entienden y creen que ha existido corrupción y no hay actos de corrupción sólo que estamos siendo impuestos para aplicar la sentencia constitucional, si no aplicamos la otra parte (imputados) denuncian por qué no está siendo aplicado la parte constitucional, hay incertidumbre" argumentó el vocal de la Sala Penal Nº 2 del TDJO.

Por este motivo las autoridades pretenden hacer una consulta a la Asamblea Legislativa Plurinacional, si en delitos que tienen penas máximas de tres años procede o no la detención.

Fuente: LA PATRIA
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