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Martes 14 de marzo de 2017

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Suplemento Policial

30 años de cárcel para militares por violar y matar a una adolescente

14 mar 2017

Fuente: La Paz, 13 (ANF)

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El Ministerio Público informó este lunes que en juicio oral y contradictorio logró la pena máxima de 30 años de prisión en el penal de Chonchocoro para los militares Ángel Reynaldo Mamani Huallpa y Cidal Chávez Quispe, ambos acusados por el feminicidio de Carmen Rosa Mollo Ayllón, registrado el 30 de agosto de 2014 en el municipio de Achacachi, La Paz.

"El Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción ha emitido una sentencia condenatoria de 30 años por el hecho ocurrido el 30 de agosto de 2014, en que se quitó la vida a una premilitar. La premilitar de 17 años era dependiente de las dos personas que han sido condenadas, es decir ellos eran sus instructores", señaló la fiscal Tania Alfaro.

En el juicio oral, la fiscal Tania Alfaro fundamentó la acusación contra ambos sindicados, quienes la noche previa al feminicidio consumieron bebidas alcohólicas con la víctima y su prima, Vanessa M.

"Vanessa M. relató que en la casa de Mamani tomó un vaso de una bebida alcohólica y posteriormente perdió el conocimiento. Cuando despertó a la mañana siguiente se vio sin pantalón y con Carmen Mollo tiesa a su lado", indicó la fiscal.

Ambas premilitares fueron ultrajadas sexualmente y encerradas en la habitación por Mamani, quien al retornar junto a Chávez se percató de que la víctima no tenía signos de vida, por lo que ambos acusados amenazaron a Vanessa M. para que no diga nada sobre lo sucedido.

"Los acusados envolvieron el cuerpo de la víctima en una frazada y lo llevaron en un vehículo negro marca Toyota hasta la localidad de Pucarani, donde lo enterraron", dijo la fiscal.

Alfaro sostuvo que ante la denuncia, el Ministerio Público y la Policía se constituyeron en la localidad de Pucarani, comunidad Cota Cota, donde verificaron la existencia del cuerpo de la víctima, que presentaba un traumatismo craneal encefálico sin fractura y con causa policontusa.

Ante las pruebas, la autoridad jurisdiccional dictó la pena máxima contra los acusados, en apego a lo solicitado por el Ministerio Público, basado en el artículo de la Ley 348, que establece una sanción de 30 años sin derecho a indulto para quien mate a una mujer.

Fuente: La Paz, 13 (ANF)
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