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Viernes 17 de febrero de 2017

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Suplemento Policial

Infractor del día

17 feb 2017

Fuente: LA PATRIA

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Las motocicletas son vehículos de dos ruedas y mucho menos "voluminosos" que un automóvil, pero están considerados medios de transporte a motor, por lo que la norma de tránsito se aplica a ellas y por tanto no deben ser parqueadas sobre las veredas, tal como lo hicieron los infractores de esta jornada.

Los dueños de dos motocicletas, una verde con placa de control 3213 - ENA, y otra de color negro con matrícula 2786 - YLS, decidieron estacionar sus vehículos sobre la vereda del lado Oeste de la calle 6 de Octubre entre 1º de Noviembre y León ayer por la tarde.

En el caso de la moto verde, su propietario está montado sobre ella, aparentemente esperando a que salga alguien de una institución educativa, estacionado sobre la acera perjudicando al resto de los peatones. En cuanto a la motocicleta negra, el propietario la dejó al lado de un árbol.

De acuerdo al artículo 122 del Reglamento del Código Nacional de Tránsito, "dentro del radio urbano de las ciudades y poblaciones, los vehículos se estacionarán en forma paralela al cordón de la acera, lo más cerca posible del borde de la misma y dejando entre si una distancia de por lo menos 50 centímetros".

Asimismo, el artículo 127, numeral 3 del reglamento, indica que no se debe estacionar ningún motorizado, incluyendo las motocicletas, en "las aceras, pasos de peatones o lugares destinados exclusivamente al cruce de los mismos".

Fuente: LA PATRIA
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