Con la primera reforma al Sistema de Pensiones en 1997 y ratificando este hecho el 2010 con la Ley de Pensiones N° 065, los bolivianos buscamos erradicar definitivamente: la mala administración de estos fondos, la corrupción y especialmente la intromisión polÃtica, que lamentablemente promueve las dos anteriores.
Además de lo mencionado, el parágrafo I del mismo artÃculo 140, menciona: "Los recursos del Fondo Solidario, Fondo Colectivo de Riesgos y Fondo de Ahorro Previsional del Sistema Integral de Pensiones, deberán ser administrados por la Gestora pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (por el momento AFP´s), de MANERA INDEPENDIENTEÂ?", mencionando además en el parágrafo II en la última parte, que estos fondos se invertirán de acuerdo a una reglamentación de la presente LEY. Lo que deja claramente establecido que si el gobierno pretende utilizar los fondos de este Fondo, estará pisoteando la independencia en la administración de los mismos.
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