Es inadmisible que algunos operadores ya tengan prevista la demora por la planificación de sus vuelos, debido a lo restringido en la disposición de su material volante y consideran a esa práctica como válida, atentando, a sabiendas, contra la buena fe de los usuarios que creen en los itinerarios, y por estar publicados los eligen según sus necesidades y preferencias. Otra práctica inaudita es la espera de la llegada de vuelos internacionales para conexión interna, dejando a los pasajeros locales expuestos a las contingencias que puedan ocurrir en un vuelo de más de 3 o 4 horas, produciendo inexorablemente retrasos considerados que habilitan a los pasajeros a exigir reparaciones o compensaciones.
Lo que es importante para el usuario es conocer sus derechos y obligaciones y dejar de actuar en una forma pasiva y tolerante, cuando se presentan cancelaciones, desviaciones, retrasos excesivos, ante los cuales el pasajero debe asumir una posición firme para que le ofrezcan otra ruta, le comuniquen con anticipación la demora y le reorganicen su itinerario cuando ha sido trastocado por causa de una demora imputable a la aerolÃnea.
El pasajero, cuando se produzca una demora de más de una hora, debe exigir a la aerolÃnea un mÃnimo de servicios compensatorios como ser comunicación gratuita a su punto de destino, comidas y refrigerios si la demora coincide con los horarios normales de comidas en el PaÃs, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto, y alojamiento en un buen hotel cuando la demora exceda las 4 horas para los pasajeros en tránsito para los que no tengan residencia en el lugar donde se consuma la demora.
(*) Abogado corporativo, postgrado en Derecho Aeronáutico y Arbitraje y Conciliación, docente universitario, escritor
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