Empresa paralela a SeLA no tiene autorización para dotación de agua
15 may 2010
Fuente: LA PATRIA
La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), negó mediante resolución administrativa regulatoria 45/2010, el funcionamiento de la nueva Empresa Prestadora de Servicios de Agua potable (EPSA), denominada Asociación Comunitaria Social Multidisciplinaria de Servicios Integrales (Acosmusi).
Según la resolución al amparo del artículo 47 del Decreto Supremo 24716 y su Reglamento de uso de Bienes de dominio público y de servidumbres para servicios de la AAPS declaró procedente la oposición deducida por el Servicio Local de Acueductos y Alcantarillado (SeLA) Oruro.
En el segundo artículo se establece que habiendo evidenciado el incumplimiento al contrato de concesión, por haber cedido una parte de terreno a la Coordinadora Departamental de Juntas Vecinales de la Periferia de Oruro (Codejuvepuro), se dispone el inicio de un proceso administrativo de investigación de oficio a SeLA, motivo por el que se determinó la revocatoria parcial de su área de operación por incumplimiento al contrato de concesión.
Según el tercer artículo, se vulneró la Constitución Política del Estado, poniendo en riesgo bienes de propiedad del Estado Plurinacional de Bolivia, comprometiendo su enajenación, por lo que se solicita que se remitan antecedentes al Ministerio de Medio Ambiente y Agua, además al Ministerio Público para fines legales pertinentes.
Con la copia de la resolución que fue emitida el 5 de abril de 2010, el presidente de la Federación Departamental de Juntas Vecinales (Fedjuve), Javier Soliz Chavarría, informó que tuvieron conocimiento de la resolución en la reunión que sostuvieron con el director ejecutivo del AAPS, Juan Ponce Monzón, motivo por el que los miembros de Acosmusi deben presentar sus descargos hasta el 21 de mayo y a partir de eso la AAPS, emitirá un pronunciamiento de manera oficial en sentido de darle o no la autorización para su funcionamiento.
Asimismo dijo que vecinos de la zona Este, donde se debe realizar la instalación de redes y acometidas domiciliarias, no deben dejarse amedrentar por los dirigentes de la Codejuvepuro, puesto que es obligación del SeLA Oruro, realizar la instalación de las redes y acometidas a partir de la disposición del AAPS.
En la revisión y evaluación del conflicto, se estableció que existe superposición del área solicitada por Acosmusi con la que se otorgó al SeLa Oruro en 1998, es decir que la nueva APSA que pretende brindar el servicio de agua, no es legalmente una empresa de suministro de agua potable que tenga la facultad de brindar el servicio a ninguna persona.
ANTECEDENTES
El pasado 2 de marzo, SeLA-Oruro presentó ante el Director Ejecutivo de la AAPS, un recurso de oposición; objetando la solicitud de Licencia de Autorización que hizo la Acosmusi para operar como una nueva empresa de agua en Oruro.
La oposición planteada por SeLA Oruro, fue realizada con el argumento que el área solicitada por Acosmusi para la prestación del servicio de agua potable, se sobrepone en un 31% al área de prestación de servicios concesionada de la institución acuífera, suficiente elemento legal para evitar duplicidad de servicio y con derivaciones de perjuicio a centenares de vecinos.
Fuente: LA PATRIA
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