Quizá sea una exageración, pero la frase de que "la plaza 10 de Febrero se convirtió en un mercado persa", es algo que se escucha muy a menudo en comentarios de los ciudadanos, que observan con tristeza que en el centro histórico de la ciudad de Oruro que acoge instituciones públicas y privadas, efectúan una serie de actos que van en contra de la Ordenanza 34/05 que aprueba el "Reglamento para la revalorización de las plazas 10 de Febrero y Manuel de Castro y Padilla".
PLAZA 10 DE
FEBRERO Y CASTRO
Y PADILLA
Según los resultados de recientes estudios efectuados a partir del 2010, dan cuenta que la plaza 10 de Febrero fue el epicentro para que don Manuel de Castro y Padilla luego de salir de una eucaristía ofrecida en el templo de "Nuestra señora de la Asunción La Catedral de Oruro", funde la noble y leal Villa San Felipe de Austria hace ya 410 años.
Este hecho, junto a muchos otros le dan el carácter histórico y cívico a la "Plaza de armas, donde además se encuentran las instituciones públicas del departamento, vale decir: la Gobernación, La Asamblea Legislativa Departamental, la Alcaldía, el Concejo Municipal e incluso la Policía Boliviana.
Estos antecedentes son argumentos necesarios para que estos espacios públicos sean respetados por toda la comunidad orureña, pero por el contrario se convierte en un campo ferial donde se pueden realizar todo tipo de actividades a vista y paciencia de las autoridades que no hacen cumplir las ordenanzas que protegen este centro histórico.
Actividades festivas, folklóricas, sociales, culturales, deportivas y hasta culinarias, entre otras tienen como zona principal de acción la plaza 10 de Febrero, aspecto que pocas veces es visto en otras ciudades capitales, que al margen de dejar sucias la calles donde se realizan estos actos, desvalorizan el carácter histórico y cívico del denominado kilómetro cero de la Alta Tierra de los Urus.
A este problema se suma los comerciantes ambulantes que ingresan a las plazas para ofertar sus productos sin que nadie pueda impedirlo, este fenómeno se lo ve principalmente los fines de semana donde el control de la Guardia Municipal es prácticamente nulo y se pueden apreciar un sinfín de actividades en estos sectores Lo propio pasa cuando se efectúa alguna movilización que habitualmente llega acompañada de los vendedores ambulantes.
Otro de los aspectos que no se controla en la plaza son los diferentes actos proselitistas ya sea en elecciones nacionales, departamentales y locales e incluso actos de entidades locales que usan sin contemplación este espacio
Según datos la mayoría de estas actividades fueron efectuadas por la Gobernación, sus unidades desconcentradas e instituciones estatales, prueba clara de ello es que estas acciones ocupan la calle Presidente Montes, cerrando esta vía desde la Adolfo Mier hasta la calle Bolívar.
El Municipio se encargó de realizar actividades similares pero utilizando la plaza Manuel de Castro y Padilla y donde lo que en otrora era la playa de estacionamiento Flores Belloni que se convirtió en un espacio que es utilizado por diferentes organizaciones para efectuar ferias, exposiciones, actos públicos e incluso usado por comediantes ambulantes y ensayos de conjuntos folklóricos.
ORDENANZA
Y REGLAMENTO
En la gestión 2005 las autoridades ediles de ese entonces emitieron la Ordenanza Municipal 034/ 2005 con el objetivo de ordenar y revalorizar las plazas 10 de Febrero y Manuel de Castro y Padilla, además de la playa de estacionamiento Flores Belloni , contigua al edificio de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Entel).
En su parte resolutiva, la Ordenanza menciona que se pone en vigencia el "Reglamento para el Ordenamiento y Revalorización de las Plazas 10 de Febrero y Manuel de Castro y Padilla" en sus cuatro capítulos y 15 artículos, además de ordenar al ejecutivo municipal priorizar la reubicación de puestos de venta afectados, previo consenso con los propietarios.
Así mismo se instruye al ejecutivo un proyecto de remozado y mejora de ambas plazas, quedando encargados del cumplimiento de la normativa, el ejecutivo municipal las unidades de Oficialía mayor de cultura, Desarrollo Humano, espectáculos Públicos y Defensa al Consumidor. La misma esta promulgada por el entonces alcalde Edgar Bazán Ortega
El reglamento en cuestión señala que el objetivo general es dotar al Municipio de un instrumento jurídico-administrativo que ponga orden y conservación a las dos plazas, rescatando el carácter histórico y cívico por lo cual merecen respeto y consideración por parte de toda la población.
El capítulo III, artículo V, indica que: "En la plaza 10 de Febrero y Manuel de Castro y Padilla, incluyendo la playa de estacionamiento Flores Belloni, están permitidas únicamente la realización de actividades cívicas y patrióticas; así como retretas musicales a cargo de instituciones educativas, militares, policiales, civiles y municipales.
El capítulo IV referido a las prohibiciones señala que en estas plazas y la playa de estacionamiento, queda terminantemente prohibida la realización de ferias educativas, gastronómicas, artesanales y de libros; quermeses, espectáculos públicos, campañas políticas y otras actividades, mismas que deben ser reubicadas a otros espacios de la ciudad. La norma también prohíbe el asentamiento de puestos de venta de golosinas, aquellos asentados hasta antes del 2005 deberían adecuarse a los criterios estéticos de las plazas y la playa de estacionamiento.
Misma adecuación tienen que tener los puestos de lustrabotas y venta de periódicos y similares.
El artículo 11 menciona que "Por motivo o circunstancia alguna, no se permitirá la colocación temporal, indefinida o definitiva de propaganda impresa, afiches publicitarios, carteles, pasacalles, sombrillas, impresos en objetos, que favorezcan o denigren a personas, instituciones, agrupaciones políticas o de otro tipo, en todo el espacio de la plaza 10 de Febrero y la plaza Manuel de Castro y Padilla".
Por último el reglamento indica que está totalmente prohibido el consumo y comercialización de bebidas alcohólicas en toda la extensión de ambas plazas y la playa de estacionamiento, las sanciones a la infracción de esta normativa va desde los mil hasta los 3 mil bolivianos dependiendo de la gravedad de la falta.
Fuente: LA PATRIA
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