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Sábado 26 de noviembre de 2016

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Bolivia - Nacional

Proyecto de ley elimina el carácter de "independencia" del defensor del Pueblo

26 nov 2016

Fuente: La Paz, 25 (ANF).-

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El proyecto de ley sobre el defensor del Pueblo le quita la característica de "independiente" a esa entidad, aspecto que figura en la ley 1818, que norma hasta la fecha el desempeño de esa institución.

La ley, que ya fue aprobada por la Cámara de Diputados pasó al Senado y debido a que se introdujeron pequeñas modificaciones, volvió a la cámara de origen antes de ser sancionada y promulgada.

La Ley 1818 establece claramente la independencia en su Artículo 4. "El defensor del Pueblo es independiente en el ejercicio de sus funciones y no recibe instrucciones de los poderes públicos".

Ahora la norma señala: "La Defensoría del Pueblo tiene autonomía funcional, financiera y administrativa, en el ejercicio de sus funciones no recibe instrucciones de los �rganos del Estado", dice el numeral III del Artículo 2 del nuevo proyecto respecto a su naturaleza.

El senador opositor Edwin Rodríguez, protestó porque el MAS pretenda someter al defensor. "Para nosotros la independencia es un principio constitucional básico y legal que le debe permitir al defensor tomar decisiones con cierta seguridad de transparencia e independencia", dijo.

"Se convierte en una ley de defensor del Gobierno contra el pueblo, porque se están poniendo candados. Se eligen acompañantes del defensor que les tiene que dar la venia la Asamblea Legislativa Plurinacional", reclamó el senador Edwin Rodríguez.

Su colega, el oficialista René Joaquino, argumentó que la norma atravesó por una "adecuación a la Constitución Política del Estado" de acuerdo al artículo 128. Cuestionó a quienes plantean el requisito de la independencia. "¿Independencia de quién? ¿Acaso es un Estado o nación?" preguntó el legislador.

"No hay tal independencia", insistió Joaquino al defender que la autonomía funcional está en el marco de la Carta Magna y que lo dispuesto en la Ley 1818 estaba en el marco de la Constitución de 1967.

Consultado sobre si esto no intentará un sometimiento de parte de la Defensoría hacia el poder político, Joaquino negó esa posibilidad. "No, porque todos están sometidos, porque reciben plata" del TGN y admitió que no había leído la norma 1818.

Otro de los cambios se refiere a la manera de cómo el Defensor, elegido por designar a los delegados defensoriales.

Si bien en la Ley 1818 establecía que esos delegados debían ser ratificados por el Senado, ahora introduce que deben ser respetados criterios de "equidad de género y plurinacionalidad".

La nueva ley también prevé que los adjuntos ejercerán sus funciones en las áreas de su competencia de acuerdo a normativa interna.

"Están legalizando una injerencia para evitar que el defensor del Pueblo se convierta como (el ex defensor) Rodolfo Villena, que se arrepintió y cambió su postura para defender al pueblo", añadió.

Fuente: La Paz, 25 (ANF).-
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