Miercoles 09 de noviembre de 2016
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Suplemento Policial
Educacion vial
Estacionamientos en lugares prohibidos
09 nov 2016
Fuente: Por: Cnl. DESP Rodolfo Montero Torricos Director Departamental de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial
Empezaré dando una definición de educación vial. Se entiende por Educación Vial a aquel tipo de educación que se basa en la enseñanza de hábitos y prácticas que tengan como bien final la protección y cuidado de los individuos que transitan por la vÃa pública.
El objetivo primordial es ordenar el tránsito y evitar la sucesión de accidentes que se cobren vÃctimas fatales.
Según nuestro Código y Reglamento de Tránsito en el Cap. VIII, de los Estacionamientos, Paradas y Detenciones, en el Articulo 121 claramente nos indica que "los vehÃculos deberán estacionarse siempre al lado derecho de la calzada, en el mismo sentido de la circulación y de modo que no se obstaculice la circulación ni de los peatones ni de los otros vehÃculos", el Articulo 122 nos habla sobre el Estacionamiento en ciudades y poblaciones, indica que los vehÃculos deberán estacionarse en forma paralela al cordón de la acera y dejando entre sà una distancia de por lo menos 50 cm., el ArtÃculo 124 habla sobre el estacionamiento en sitios demarcados, es decir en sitios autorizados por la autoridad competente.
Fuente: Por: Cnl. DESP Rodolfo Montero Torricos Director Departamental de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial