La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, se convirtió en el primer decreto en materia de lucha anticorrupción dictado por el Ejecutivo en el marco de las facultades legislativas delegadas por el Congreso el pasado 29 de septiembre.
El decreto modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal para establecer que la inhabilitación "será perpetua siempre que el agente actúe como integrante de una organización criminal, como persona vinculada o actúe por encargo de ella".
La norma señala que en este caso no opera la rehabilitación automática, aunque precisa que esta "puede ser declarada por el órgano jurisdiccional que dictó la condena luego de transcurridos veinte años".
Al establecer el plazo de duración de la pena de inhabilitación principal contra los funcionarios condenados por corrupción estableció este en un mÃnimo de cinco años y un máximo de veinte.
"El que ha cumplido la pena o medida de seguridad que le fue impuesta, o que de otro modo ha extinguido su responsabilidad, queda rehabilitado sin más trámite", remarcó.
Estableció que el registro será público y "las entidades públicas que vayan a incorporar a un servidor deberán consultar obligatoriamente este Registro antes de decidir el nombramiento, bajo responsabilidad".
Una disposición complementaria señaló que el Poder Ejecutivo deberá reglamentar las funciones del registro en un plazo máximo de 60 dÃas.
La ley se promulgó como parte de una serie de medidas inmediatas de lucha contra la corrupción anunciadas la semana pasada por el presidente de Perú, Pedro Pablo Kuczynski.
El gobernante salió, de esa manera, al paso de las crÃticas que recibió su gestión por un escándalo protagonizado por su ex asesor en temas de salud, Carlos Moreno, descubierto en coordinaciones irregulares para entregar los servicios del Seguro Integral de Salud (SIS) a clÃnicas privadas.
Fuente: Lima, 22 (EFE).-
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