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Sábado 06 de agosto de 2016

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Sábado 06 de agosto de 2016
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Editorial y opiniones

El Notario de turno

06 ago 2016

Fernando Arispe Crespo

La Historia nos cuenta de grandes Notarios de Fe Pública, "Grandes" me refiero al enorme "Patrimonio" que han dejado a sus herederos, (verdaderos imperios), la función del Notario tiene un despliegue intelectual mínimo, es más mecánico su trabajo y hasta la de un simple transcriptor de documentos; empero, a cambio perciben buenos ingresos económicos.

El propósito del presente trabajo es proponer el verdadero servicio y principalmente porque su intervención sea de mucha utilidad en la sociedad, a ver: Un accidente de tránsito en la vida de una persona, es poco probable, pero a veces imprevisible, uno nunca piensa que puede verse frente a semejante tragedia.

Cuando ocurre un accidente de tránsito, le pase a quien sea, comienza un verdadero vía crucis para sus familiares. Los parientes, después del hecho, lo único que llegan a recuperar es el cadáver, si alguna vez alguien ha logrado recuperar su equipaje o algo más, es cuestión de mucha fortuna u obra de Dios.

Hoy en día las personas, en sus viajes, lo que más llevan son celulares, tablets, laptops, dinero y otros como relojes, joyas y ni qué decir de las cosas que a veces por comodidad llevan en las maletas, cada vez de mayor valor económico.

Dos son las teorías que se manejan respecto a lo que ha pasado con los bienes y pertenencias de los fallecidos en accidentes de tránsito: Uno, se arguye que los campesinos del lugar son los que han intervenido y se dieron a la tarea de saquear a los heridos y fallecidos.

La otra teoría es que el Policía que interviene, á momento de socorrer, hábilmente hurta los bienes de las personas, ya que dichos bienes salen del control de sus dueños.

Y no es solamente ello, cuando en cualesquier domicilio ocurre un Crimen, inmediatamente interviene la Policía, una vez constituidos en el lugar, se encierran herméticamente en su interior, no dejan ingresar a nadie y tardan una barbaridad en salir con el cadáver, dizque procedieron a la colecta de elementos probatorios; empero cuando los familiares ingresan al domicilio, no encuentran dinero, joyas, nada de nada de aquellos bienes que sean o son fácilmente introducidos en los bolsillos y/o maletines.

Pese a constantes reclamos efectuados por los deudos, éstos nunca recibieron respuesta favorable, se ha escuchado inclusive que hubo casos en los que un familiar llevaba mucho dinero; sin embargo, jamás dieron explicaciones y menos devoluciones, es por eso que alguna vez hemos visto policías absolutamente enriquecidos con un enorme patrimonio, pese a un mal pago salarial.

El Notario hoy en día, en compensación por los enormes ingresos que tiene, lo que debería establecerse es sujetarlos a un Rol de Turno de Control Policial, esto es que el Notario, conforme al día o semana que le toque, debe trabajar en coordinación con la Policía, me refiero a la Felcc, Felcn, Felcv y Tránsito, pues, ni laboratorio, ni el investigador podrá intervenir en la escena del hecho sino se halla presente el notario.

La labor del Notario de turno, en ese día que le sea adscrito a la policía, tiene que estar a merced de la policía, pues para ello debe contar con una oficina específica en dichas dependencias y es que una vez suscitado cualesquier hecho, sea un crimen, un accidente de tránsito, una requisa o registro del lugar de los hechos (únicamente donde no se halle la presencia de los propietarios) así sea en casos de narcotráfico, debe intervenir conjuntamente el personal de laboratorio, los investigadores y cualesquier asignado al caso. Siendo su labor la de levantar inventario, de todo aquello que sea susceptible de valor económico, debe ser parte del precintado con su sello.

Su intervención no interfiere en el labrado de las Actas de Registro, de Inspección y/o Reconstrucción que es de única competencia de Laboratorio y el Fiscal Director de las Investigaciones, ya que no es parte de ello ni debe entenderse que para darle legalidad a esas actas debe refrendarlo.

El notario, de quien se sabe que tiene formación jurídica, sólo debe levantar acta e inventario de las pertenencias de los fallecidos, de los heridos y hasta de lo que se halle tirado en el lugar del hecho, así como de las pertenencias (dentro de un bien inmueble) donde dichas pertenencias se hallen fuera del control de sus dueños (Ausentes). Una vez recogido, debe nombrar depositario y/o hacer la devolución a los familiares.

El notario, como abogado, no obstaculiza el accionar del personal especializado de laboratorio, debe ser objeto de una básica formación en el manejo de la escena del hecho para no entorpecer ni contaminar elementos probatorios.

El propósito es que nunca más escuchemos que la policía con el argumento que los campesinos del lugar se dieron a la tarea de saquear a los cadáveres y heridos. Debemos acabar con el robo impune, desmedido, de eliminar a los intocables, acabar con el enriquecimiento de quienes ganan aparentemente poco, pero terminan su carrera con inmensos patrimonios.

Esta es una idea que la propongo para que alguna autoridad, con un poco de interés, se preocupe de materializarla, caso contrario, si no existen autoridades con inteligencia no sabrán responder a ésta propuesta.

(*) Abogado

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