Un código de conducta es el medio principal por el cual la administración orienta y conduce a sus empleados en lo referente a que se espera de ellos a modo de conducta empresarial. ¿Qué es código en su esencia ?... es el compromiso de la administración de la empresa de cumplir con todas las prácticas de la industria aplicables y la ley del país donde se interactúa. El núcleo de ese compromiso es la empresa como un todo.
Un código de conducta se concentra en la preservación de estándares mínimos de conducta y el respeto a los procedimientos para reducir el riesgo al que más está expuesta una empresa: su reputación y su responsabilidad.
Es muy importante para conocer el efecto de un código de conducta no esperar el resultado por sí solo. La mayoría de las comprobaciones e investigaciones señalan que un código es menos importante por sus disposiciones específicas que por la estrategia para alentar una conducta empresarial responsable y que tenga percepción en los empleados.
Como un programa de ética empresarial, un código es un componente central de un proceso por el cual la empresa contrata a sus partícipes, tanto internos como externos. Hoy en día, la formulación de códigos de conducta se ha hecho más interactiva e inclusiva. Cada vez más, los códigos son una parte esencial de un diálogo entre administradores y empleados. De estos diálogos surgen determinaciones anticorrupción tan importantes como que las empresas deben tener una política de contabilidad clara y concisa, que intrínsecamente prohíbe las cuentas fuera de los libros o las transacciones asentadas contablemente en forma inadecuada.
Lo expresado es lo elemental para comprender un código de ética empresarial que trasladado al transporte aéreo debe ceñirse exclusivamente en los precitados cánones, quedando a libre albedrío de la empresa en cuestión en un mercado, de libre competencia, regulado por un decreto, las formas de promoción de su producto siempre y cuando no lesionen ni vulneren el interés público y a las buenas costumbres, que en el transporte aéreo es de difícil gestación. Debe comprenderse ante la circunstancia de existir un marco legal que avala la libre competencia que, cualquier promoción excesiva y no debida y previamente meditada que beneficie a los usuarios repercute directamente en la economía y en la pervivencia de la empresa, sea está subvencionada o no; lo que cuenta laudatoriamente es la gestión económico-financiera.
Si se analiza la conducta competitiva de una empresa aérea, es vital, para un criterio justo y ecuánime, tomar en cuenta los siguientes estándares a cumplir frente a les competidores: tratarlos equitativamente, ganar las oportunidades de transporte personal y grupal en base a la iniciativa, conocimiento comercial de la oportunidad, las bondades del producto y sobretodo el servicio, abstenerse de inducir a romper los contratos obligatorios de los competidores, desanimar la discusión de planes de establecimiento de precios con la competencia, abstenerse de utilizar métodos ilegales o no éticos para reunir información de la competencia, evitar la competencia desleal que es en resumen seguir una política antimonopolista, promover la adherencia a los principios de libre competencia.
Si se toman y analizan a profundidad estos importantísimos puntos la ATT, podrá evacuar un resultado de la competencia en el mercado aeronáutico francamente equitativa y justa, más aun considerando que las estadísticas marcan que el mercado es superior a las plazas ofertadas, sin considerar el crecimiento y el salto cualitativo del mercado de superficie, que es el mayoritario y es la base de crecimiento y expansión del transporte aéreo de cabotaje en Bolivia.
Es muy importante, ante la naturaleza de la esencia del transporte aéreo, que es una industria frágil por los avatares de la economía y de las fluctuaciones en el precio del combustible que, la oportunidad comercial precisa hace de la industria que el dinamismo comercial sea una característica inherente, donde los equipos de venta y marketing son vitales para identificar las oportunidades y aprovecharlas ipso facto, es decir sin tramites ni dilaciones, y esto último está en función a la capacidad y formación comercial, ante cuya acción y penetración en el mercado no puede esgrimirse ingenuamente competencia desleal.
Un código de conducta bien elaborado contempla la observación de todas las leyes y disposiciones aplicables a su área de acción locales si la línea aérea es de cabotaje y las internacionales, si compite en esa área.
(*) Es Abogado Corporativo, Postgrado en Derecho Aeronáutico
Fuente: Raúl Pino-Ichazo T.
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