Warning: inet_pton(): Unrecognized address in /home/lapatri2/public_html/wp-content/plugins/wordfence/vendor/wordfence/wf-waf/src/lib/utils.php on line 28

Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8
Infractor del día - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
Loading...
Invitado


Sábado 30 de julio de 2016

Portada Principal
Suplemento Policial

Infractor del día

30 jul 2016

Fuente: LA PATRIA

¿Fotos en alta resolución?, cámbiate a Premium...

El propietario del vehículo que se muestra en la imagen no tuvo consideración de los transeúntes de esta arteria, porque decidió estacionar su coche de manera transversal invadiendo la acera y obligando a los peatones a cruzar por la parte estrecha o bajar a la calzada para seguir su camino, esta forma indebida de parquearse vulnera el Reglamento del Código Nacional de Tránsito.

El hecho reflejado en la imagen ocurrió ayer en la tarde en las calles Adolfo Mier entre Washington y Camacho, el vehículo de color azul marca Toyota Rav 4, con placa de control 1530-NYR se encontraba estacionado frente a su garaje que por cierto tiene un letrero de "Prohibido Estacionar".

Este tipo de estacionamiento al margen que dificulta la transitabilidad de los peatones, representa una falta al Reglamento de Tránsito que en su artículo 121 indica que, "con carácter general los vehículos deberán estacionarse siempre al lado derecho de la calzada, en el mismo sentido de circulación y de modo que no se obstaculice la circulación ni de los peatones ni de los otros vehículos".

Asimismo, el artículo 122 menciona que dentro del radio urbano de ciudades y poblaciones, los vehículos deben estacionarse de forma paralela al cordón de la acera y con un espacio de por lo menos 50 centímetros.

El artículo 123 señala que: "En los lugares donde fuere permitido el estacionamiento transversal y en ángulo, los vehículos dejarán igualmente entre sí una distancia de por lo menos 50 centímetros".

Por último el artículo 127 inciso 3 señala que está prohibido el estacionamiento en las aceras, pasos de peatones o lugares destinados exclusivamente al cruce de los mismos.

Fuente: LA PATRIA
Para tus amigos: