Sábado 16 de julio de 2016
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El conceder una amnistÃa para todos los "presos polÃticos" del paÃs por un sentido humanitario a estas alturas ya es urgente y obligatorio, entre algunos casos de varios se pueden mencionar ejemplos que en la actualidad se convierten en casos emblemáticos de la aplicación de la ley del embudo, ancho para algunos y angosto para otros, citamos: Gary Prado; el exejecutivo de la Confederación Sindical Ã?nica de Trabajadores Campesinos de Bolivia (Csutcb), Damián Condori. Al ex abogado de Gabriela Zapata, Eduardo León; el ex prefecto de Pando, Leopoldo Fernández; el ex gobernador de Beni, Carmelo Lens entre otros.
En función a la atribución que tiene el Presidente Juan Evo Morales Ayma en la Constitución PolÃtica del Estado (CPE), se declare una amnistÃa de todos los presos polÃticos del actual Gobierno.
El artÃculo 172 de la CPE, en su numeral 14, establece que es atribución del Presidente del Estado "decretar amnistÃa o indulto, con la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional".
En ese marco corresponde que por un acto de humanidad, por la salud deteriorada de los presos polÃticos, el Presidente deje en libertad a estas personas, el no hacer lo que faculta la CPE es un acto también de responsabilidad plena de lo que pueda ocurrir en el futuro a los "presos polÃticos".
El reconocer desde el Jefe de Estado que la "justicia está podrida" en el paÃs, es reconocimiento a que muchas de estas personas son perseguidas polÃticas porque en algún momento cuestionaron al Gobierno.
La cárcel es para gente que cometió delitos comprobados, no los llenen con gente que piensa diferente, el Presidente tiene la gran oportunidad de actuar democráticamente.