Martes 28 de junio de 2016
ver hoy
El diccionario que define los acepciones de las palabras designa al agravio como la ofensa que se hace a uno en su honra o fama, y en la primera pleca se enriquece el concepto como el hecho o dicho con qué se hace esta ofensa y como perjuicio que se ocasiona a alguien en su honra, siendo la honra el signo exterior del reconocimiento de alguna preeminencia en otro de la alta interior estima hacia su persona llamada respeto, en si la más alta acción de honrar externamente. El más excelente objeto de la honra es la probidad moral, honorabilidad y la honradez, y cuando una persona encuentra alta estima moral en un círculo social capaz de juzgar, se dice que goza de buena fama.
Nos ayuda el diccionario a sopesar lo que es ofensa como daño o injuria sin hacernos ver el efecto que el daño produce y la injuria que actúa como un hecho o dicho contra la razón y la justicia. Contra la razón actúala injuria significando el argumento o demostración con que se prueba algo, obteniendo como corolario que, en la comunidad de nuestra cotidianidad, nunca los agravios y los daños a la honra y a la fama pueden ser probados: basta solamente retractarse y publicar la retractación para evadirse de una verdadera reparación, aunque la propia acción nos dice en otra pleca la obligación de desagraviar y satisfacer al presuntamente ofendido, que no es suficiente ni lo será nunca, pues la honra y la fama dañados irracionalmente, por su naturaleza subjetiva, no vuelven a reconstituirse en su estructura original, antes del agravio. Rencilla de la que queda encono como madre de vino que vive indefinidamente si no nos esforzamos a penetrar en la profundidad del perdón que nos encamina a la remisión de la pena merecida o de la deuda, injuria o pecado y en la primera pleca es la indulgencia a las penas debidas por los pecados.