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Sábado 18 de junio de 2016

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Según vocal del TDJ, Osvaldo Fernández

Resolución de Tribunal Disciplinario es "ilegal"

18 jun 2016

Fuente: LA PATRIA

El documento de suspensión es observado por las autoridades judiciales

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"En Sucre, en el Tribunal Disciplinario del Consejo de la Magistratura no nos responden a cada uno (las apelaciones), sino de modo general dan una opinión sin mayor fundamento, sin haber leído, sin haber escuchado, sin haber visto objetivamente las apelaciones confirma, entonces es ilegal, es irregular y como consecuencia de eso viene las enmiendas, las aclaraciones".

Esa fue la afirmación que realizó ayer el vocal del Tribunal Departamental de Justicia, Osvaldo Fernández, refiriéndose al proceso disciplinario que enfrenta él junto a otros cuatro vocales, por determinar la cesación de funciones a varios trabajadores judiciales en una Sala Plena, durante la gestión 2013.

Fernández explicó que en ese entonces se tomó la decisión, porque los trabajadores cesados sobrepasaron el tiempo de sus funciones.

"Han ejercido sus funciones sobrepasando lo que dice el Artículo 92 de la Ley del �rgano Judicial. La Ley del �rgano Judicial dice dos años, pero ellos han estado añazos, más de diez años. No todos lógicamente", señaló.

Argumentó que como hay ese principio de mejorar la Justicia, lo que Sala Plena hizo fue renovar al personal, en base a la ley. Añadió que había mucha queja sobre esos funcionarios, entonces el Tribunal optó por hacer el cambio. Puntualizó una diferencia, "nosotros optamos por una resolución administrativa, no hemos dictado sentencia, no hemos dictado un Auto de Vista, ni un Auto Supremo".

Indicó que el Acuerdo 24-B-2013, es una resolución netamente administrativa, pero los ex secretarios en el ejercicio de sus derechos interpusieron el recurso de nulidad.

Ante ese hecho el Tribunal Constitucional Plurinacional declara en la Sentencia: "Fundado el recurso directo de nulidad formulado por los recurrentes y en consecuencia, disponer la nulidad del Acuerdo de Sala Plena 024-B-2013, de 29 de mayo, suscrito por Beatriz Cortez Vásquez, Presidenta, José Luis Choque Navía, Osvaldo Fernández Quispe, Reynaldo Freddy Sangüeza Ortuño, Farida Brígida Velasco Alcócer y Omar Pereira Moya, vocales de Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro y sin efecto, los memorándum de cesación de funciones entregados a los recurrentes".

Para el vocal Fernández está bien claro, "no es como dice el periódico, que nosotros tenemos que pagar sueldos devengados, no dice. No dice que tenemos que reincorporar. Además esta Sentencia Constitucional toma en cuenta en alguna medida a los que han accionado, no así a los que no han participado en esa demanda de nulidad".

Se preguntó que si no dice la Sentencia Constitucional, respecto al pago de sueldos devengados ¿qué se podría hacer? Añadió que los que accionaron tampoco pidieron al Tribunal Constitucional Plurinacional, de cómo se va a ejecutar esa resolución. Ellos tenían un plazo de diez días para consultar, dijo y los vocales otro plazo para pedir aclaración.

"Lógicamente hemos pedido aclaración mediante resolución de Sala Plena, pero fuera de los diez días y el Tribunal Constitucional no se va a prestar a eso.

Entonces, por eso se mantiene esta resolución hasta la fecha, pero no dice reincorporar, páguese sueldos devengados, no dice nada de eso", aclaró.

Ante esa situación los cesados, los secretarios, denunciaron a los vocales ante el Juez Disciplinario, porque se habrían incurrido en actos irregulares.

La autoridad dijo que para hacer la denuncia también hay un plazo, si bien el Juez Disciplinario no tiene competencia en estos casos, sin embargo, admite la denuncia y los vocales plantearon excepciones.

"Hay un plazo de dos años, y ahora ha pasado más de dos años. Entonces, hay una resolución donde el juez disciplinario Víctor Layme, prescribe el hecho irregular que existía o en el que habríamos incurrido supuestamente. Pero, ocurre lo siguiente. El Juez Disciplinario se mete en otro campo prohibido, se mete a analizar esta Sentencia Constitucional. Esta Sentencia Constitucional solo puede ser revisada y puede darse cumplimiento por el Tribunal Constitucional Plurinacional, no él", subrayó.

Afirmó que esa es la realidad, "la verdadera historia". "Cada uno de nosotros ante esa resolución ilegal del Juez Disciplinario, apelamos. En la apelación no se nos contesta a cada uno. En Sucre lo hacen de manera global, general y ahí se vulneran varios derechos", indicó.

Observó que a un vocal, ni siquiera lo tomaron en cuenta. Entonces, afirmó que no es admisible ese tipo de procesos administrativos. Ante esta situación, el suscrito pidió la enmienda y complementación, para que se le aclare los cinco o seis puntos solicitados.

Según él, no quiere decir, que se los va a suspender, porque en el periódico dice que cinco vocales serán suspendidos, "habla al futuro y en el futuro se va a revisar esas resoluciones administrativas, a través de varias acciones". Se espera la devolución del expediente de Sucre para cuestionar muchos aspectos que deben ser resueltos.

"En Sucre, en el Tribunal Disciplinario del Consejo de la Magistratura, no nos responden a cada uno, sino de modo general dan una opinión sin mayor fundamento, sin haber leído, sin haber escuchado, sin haber visto objetivamente las apelaciones confirma, entonces es ilegal, es irregular y como consecuencia de eso viene las enmiendas, las aclaraciones", indicó.

La autoridad señaló que el cuaderno está en Sucre y cuando llegue se hará que se regularice ese trámite y se tomarán otras acciones de defensa.

"Ante una acción ilegal no podemos aceptar que seamos suspendidos por un mes. En la resolución del Juez Disciplinario dice que nosotros habríamos causado mora procesal, perjuicio al mundo litigante, pero de cuál mundo litigante habla si no hay una persona natural o jurídica que haya presentado esa denuncia, o sea a quién hemos causado perjuicio. No toma en cuenta el propio juez disciplinario, que al suspendernos un mes cuánto de perjuicio va a causar en cada sala, la carga procesal se va a acumular, entonces son resoluciones totalmente contrarias y eso no es admisible", señaló.

Fuente: LA PATRIA
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