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Viernes 17 de junio de 2016

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Suplemento Policial

Cinco vocales serán suspendidos

Tribunal sin "quórum"

17 jun 2016

Fuente: LA PATRIA

Consejo de la Magistratura del �rgano Judicial de Bolivia confirmó resolución disciplinaria

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El Tribunal Departamental de Justicia de Oruro se quedaría sin "quórum", al existir una resolución disciplinaria que afecta a cinco vocales de esta entidad, quienes deben cumplir la sanción de una suspensión por un mes sin goce de haberes por haber incurrido presuntamente en faltas disciplinarias.

La sanción fue ratificada por el Consejo de la Magistratura del �rgano Judicial de Bolivia, mediante la resolución 190/2016 emitida en Sucre, el 13 de abril de este año, que confirma la resolución disciplinaria 04/2016 emitida por el Juzgado Disciplinario Nº 2 del Consejo de la Magistratura de Oruro, dentro del proceso disciplinario 25/2015, seguido por la comisión de faltas disciplinarias establecidas en la Ley del �rgano Judicial, entre ellas:

"Incurra en demora dolosa y negligente en la admisión y tramitación de los procesos, o por incumplir los plazos procesales en providencias de mero trámite; omitir, negar o retardar indebidamente la tramitación de los asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que están obligados; causar daño o perder bienes del �rgano Judicial o documentos de la oficina que hayan llegado a su poder en razón de sus funciones", como señala el artículo 187 en sus numerales 9, 14 y 19, referido a faltas graves.

Asimismo, "por actuar en proceso que no sea de su competencia o cuando ésta hubiere sido suspendida o la hubiere perdido", como establece el artículo 188 en su numeral 12, en relación a faltas gravísimas.

ORIGEN

El origen de esta sanción, se dio cuando en el Acuerdo de Sala Plena 024-B/2013, los vocales afectados dispusieron el agradecimiento de los servicios de 11 funcionarios judiciales. Aquel hecho fue calificado de "ilegal" por el personal despedido.

Ante esa situación se presentó ante el Tribunal Constitucional, un recurso de nulidad, instancia que declaró fundado el recurso y disponiendo la nulidad del señalado "acuerdo", dejando sin efecto los memorándums de cesación de funciones de los interesados.

Sin embargo, la Sentencia Constitucional que establecía la reincorporación de esos funcionarios a sus fuentes de empleo, no fue cumplida por los vocales del Tribunal de Justicia de Oruro. Las autoridades solicitaron al Tribunal Constitucional si correspondía la reincorporación y el pago de los sueldos devengados, por lo que la respuesta fue: "Estese a lo dispuesto por la Sentencia Constitucional".

Con esos argumentos, los ex funcionarios denunciaron a los vocales por la comisión de faltas disciplinarias "graves" y "gravísimas".

El 23 de septiembre de 2015 se admitió la denuncia y el Tribunal Disciplinario No. 2 del Consejo de la Magistratura de Oruro se encargó de la investigación y emitió la resolución disciplinaria 04/2016, que desestimó la comisión de la falta establecida en el artículo 188 numeral 12. Asimismo, declaró improbada la falta disciplinaria establecida en el artículo 187 numerales 9 y 19 de la Ley 025.

Pero si estableció "probada" por la comisión de la falta disciplinaria del Artículo 187 en su numeral 14: "Omitir, negar o retardar indebidamente la tramitación de los asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que están obligados".

Ante esa situación se emitió la sanción de suspensión del ejercicio de sus funciones por el lapso de un mes sin goce de haberes. Cuatro de los vocales presentaron su apelación a esa resolución que llegó a la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura del Estado Plurinacional de Bolivia, con asiento en Sucre, cuya instancia confirmó la resolución disciplinaria 04/2016.

El 7 de junio mediante la instancia local se estableció que tras la confirmación en forma total esa resolución disciplinaria 04/2015. Por lo tanto, se estableció que las resoluciones emitidas por el Tribunal de Segundo Grado en materia disciplinaria son definitivas y de cumplimiento obligatorio.

ENMIENDA

En horas precedentes se conoció extraoficialmente que los vocales afectados presentaron al Consejo de la Magistratura en Sucre, una "enmienda y complementación", que no es más que pedir una explicación del caso, aspecto que no hará modificar la resolución.

De acuerdo al documento, los vocales afectados son: Reynaldo Sangüeza, Farida Velasco, Osvaldo Fernández, José Choque y Beatriz Cortez. Aún no se ejecutó la sanción y en el caso de hacerlo el Tribunal Supremo de Justicia de Oruro, se quedaría sin "quórum", porque al margen de esos vocales, ya cumple una sanción de suspensión, el presidente de esta entidad, Bernardo Bernal, con el que serían seis los suspendidos, es decir la mitad más uno del total de vocales (10).

Fuente: LA PATRIA
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