Sábado 11 de junio de 2016
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El proceso contra el abogado Eduardo León marca un hecho substancial en la Justicia boliviana. Se avizora que se está apartando a la sociedad y pueblo en general del Estado de Derecho, de lo que se puede inferir que para el Gobierno existen dos niveles y categorÃas de ciudadanos: 1. Los que cometen delitos de corrupción, narcotráfico, violación de derechos humanos que están con el Gobierno gozan de toda la protección y garantÃas (caso Fondioc, hermanas Terán, etcétera). 2. Los que piensan contrario, ciudadanos que denuncian actos de corrupción, quienes proclaman derechos humanos, defienden derechos y garantÃas constitucionales, todos estos "seres" son dañinos y enemigos del Gobierno de turno y no pueden ser tratados como ciudadanos, sino deben ser combatidos como enemigos.
Günther Jakobs, penalista alemán, hace referencia a esta forma de discriminación, denominada "derecho penal del enemigo", totalmente contraria al "derecho penal del ciudadano", donde el proceso penal es de corte acusatorio y garantista, muy propio de un Estado de Derecho. Jakobs enfoca el "derecho penal del enemigo" como un uso discriminador de la potestad punitiva del Estado, donde no existe independencia de poderes. El Ã?rgano Judicial está sometido y, por lo general, se pone al servicio del gobierno de turno. Por lo que el derecho penal del enemigo somete a la Constitución PolÃtica del Estado, las leyes y al pueblo a la voluntad del gobernante.
El "derecho penal del enemigo", si bien es atentatorio a derechos y garantÃas constitucionales, porque vulnera garantÃas individuales, faculta a un Estado para poder intervenir en casos extremos de crimen organizado, pero no faculta para conculcar derechos, vulnerando la Constitución y el Estado de Derecho vigente, tal como ahora se puede ver cómo la ciudadanÃa, profesionales e instituciones defensoras del derecho son amedrentados para sentar precedentes nefastos de escarmiento.