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Martes 24 de mayo de 2016

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Editorial y opiniones

Cambios en el Código Tributario

24 may 2016

Fuente: LA PATRIA

Las fuertes multas dispuestas por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) en perjuicio de muchos contribuyentes, era un asunto resistido, seriamente observado y rechazado en algunas instancias que tienen que ver con industriales, comerciantes y gremiales debidamente inscritos y por lo mismo pasibles de sufrir la violenta acción sancionatoria por algunas fallas en declaraciones sobre el pago de impuestos o demora en su cancelación, señalándose que los procedimientos y montos "salen de la realidad en que se desenvuelve el universo tributario".

Se añade otro reclamo sobre la sanción del SIN, por no emitirse facturas en diversos comercios y que consiste en aplicación de multas y la clausura del local por tiempos diferentes, ocasionando serios perjuicios en el movimiento de esos negocios que incurrieron en omisión de facturar por servicios o ventas. En algunos casos se denuncia que el valor de multas más una clausura, quintuplica el monto de la evasión, lo que constituye un duro castigo al contribuyente que cae en la infracción, mientras un ejército de comerciantes informales son responsables de una masiva evasión, por la que no tienen ningún cargo en contra.

Frente a múltiples reclamos contra "impuestos internos", además de haberse constatado que algunos contribuyentes prefirieron liquidar sus negocios, dejar de tributar y pasar a la informalidad, la que goza de beneficios indirectos en lugar de sanciones inequitativas y abusivas.

En el Ministerio de Economía se analizó la situación y se trabajó en un proyecto de ley para modificar el Código Tributario, de modo que puedan ser establecidas las normas más apropiadas para "sancionar sin castigar" a los contribuyentes formales y que no pagaron adecuadamente algunos de sus tributos.

Las quejas de muchos afectados se relacionan con la aplicación desmedida de multas e intereses por no haber pagado adecuadamente algún impuesto, hecho que en varios casos significaban montos exorbitantes, difíciles de cumplir, además de no corresponder a una realidad económica nacional, respetando el tipo monetario vigente, ya que los montos no pagados se convierten en Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), encareciendo los valores de pago.

El proyecto de modificación del Código, dispondrá de nuevas escalas para las multas, rebajando las que todavía rigen y son observadas por los afectados, pues los montos no condicen entre el valor de la infracción y la sanción aplicada a presión.

La medida permitirá a muchos contribuyentes acceder a un sistema más equilibrado y hasta humanizado, pues lo que sucede actualmente es un castigo que aleja contribuyentes y fomenta indirectamente la evasión de la informalidad, un "estado" de irregularidad permisible por el Estado y admitido por el SIN, que no extrema medidas para solucionar este mayúsculo problema.

La ocasión es propicia para que a tiempo de hacer ajustes tributarios, se trabaje en la modernización del Código Tributario, de modo que abra las posibilidades de una verdadera apertura a la universalización del sistema de modo que todos los que hacen negocios de ventas o servicios contribuyan con sus impuestos de manera racional y en función al volumen de sus capitales en uso.

El sistema tributario nacional al ser comparado con los que se aplican en países vecinos, ha sido calificado como "pesado y complicado", por lo mismo merece una adecuación a normas más dinámicas que de manera "natural" registren a la gran mayoría de comerciantes, replanteando el sistema de regímenes irreales que en la actualidad permiten evadir impuestos bajo falsas apariencias. Modificar el Código Tributario, debe ser una tarea integral, para aumentar contribuyentes y no para alejarlos.

Fuente: LA PATRIA
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