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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 Los ninguno y el Defensor - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
La elección del Defensor del Pueblo ha desnudado, una vez más, la incoherencia maximalista de las normas y el cinismo de los responsables de aplicarlas, que exigen su cumplimiento cuando ellos no las acatan. La actual Constitución PolÃtica del Estado es la mejor expresión de cómo no se debe aprobar normas guiadas por la pasión antes que por la razón. La actual carta magna tiene, de entre sus 411 artÃculos, más de una centena que son un canto a la bandera y contradictorios entre sà mismos. Por ejemplo, el gobierno ha implementado toda una parafernalia discursiva y de montaje económico en relación a que Bolivia es un Estado Plurinacional. El preámbulo de la nueva CPE dice: "Dejamos en el pasado el Estado colonial, republicano y neoliberal. Asumimos el reto histórico de construir colectivamente el Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, que integra y articula los propósitos de avanzar hacia una Bolivia democrática, productiva, portadora e inspiradora de la paz, comprometida con el desarrollo integral y con la libre determinación de los pueblos".
Lo "unitario", como definÃa la anterior Constitución, no condice con lo "plurinacional" de la presente Carta Magna y menos con el compromiso del "desarrollo integral y con la libre determinación de los pueblos" (Fernando Valdivia, 2010). Aumentando esta contradicción con relación al Estado Plurinacional, la misma CPE, en su capÃtulo tercero, referido al sistema de gobierno, en el artÃculo 11 establece que "la República de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres". Por lo tanto, La República no ha muerto, como se empeñan en machacar los dueños del proceso de cambio.
tÃculo 5, sólo para señalar algunas implicancias prácticas, todas las normas nacionales deberÃan salir en los 36 idiomas nativos. ¿Conoce usted alguna norma en Besiro, Yuki, Tapiete, Pacawara y demás? A lo máximo se han publicado algunos ejercicios normativos en aymara, quechua y guaranÃ. Rematando el yerro, el artÃculo 234 cierra la cuadratura del cÃrculo, estableciendo entre los requisitos para el desempeño de funciones públicas, entre otras, hablar al menos dos idiomas oficiales del paÃs.
Esta disposición constitucional es tan jalada de los pelos que contradice lo establecido en el artÃculo 257 de la misma: "los tratados internacionales ratificados forman parte del ordenamiento jurÃdico interno con rango de ley". Uno de los tratados es el referido al respeto de los derechos humanos y la declaración universal de los mismos que en su artÃculo segundo establece con meridiana claridad lo siguiente: "toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión polÃtica o de cualquier otra Ãndole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición"
Todas estas determinaciones junto a la de dar "nacimiento" al estado plurinacional se basaron en los resultados del censo de 2001 donde por primera vez en la historia censal de Bolivia se consultó sobre la auto-identificación y arrojó el dato de que el 62% de la población se auto-identificaba con un pueblo indÃgena. Estos resultados sirvieron para hacer un uso polÃtico para justificar las banderas indigenistas e indianistas en la construcción del "nuevo estado".
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