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Sábado 09 de enero de 2016

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Suplemento Policial

El infractor de la semana

09 ene 2016

Fuente: LA PATRIA

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De acuerdo al Código Nacional de Tránsito, ningún vehículo puede parar, detener o estacionar en aceras o espacios destinados exclusivamente a los peatones. Esta norma no excluye a los motorizados de dos ruedas, como parece que creen los propietarios de las tres motocicletas que se ven en las imágenes, puesto que decidieron parquear sobre la plaza 10 de Febrero, un espacio destinado a transeúntes.

En las fotografías, se puede observar que existen tres motocicletas estacionadas sobre la vereda de la plaza 10 de Febrero, cerca de la intersección de las calles Presidente Montes y Bolívar, al lado de una jardinera.

En el inciso "g" del artículo 26 del capítulo 3 del Código Nacional de Tránsito, estipula que bicicletas ni motocicletas deben circular por las veredas, parques o plazas destinadas al peatón; asimismo en el artículo 46, capítulo 6, establece que ningún vehículo debe estacionarse en lugares no autorizados.

Mientras que en el inciso 3) del artículo 127 del Reglamento de dicho Código, establece que está prohibido estacionar, parar o detener vehículos "en las aceras, pasos de peatones o lugares destinados exclusivamente al cruce de los mismos".

Al margen de ello, de las tres motocicletas infractoras, solo una contaba con placa de circulación, que además por el color amarillo en el recuadro donde figura la letra que identifica su radicatoria; se puede presumir que se trataría de un vehículo oficial. La placa es 3196 - RTU de La Paz.

Fuente: LA PATRIA
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