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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 El SIN flexibilizará sanciones - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
Sin definir claramente la motivación que impele a los ejecutivos del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), se informó de manera oficial que en este organismo recaudador se elabora una resolución que tiene que ver con el régimen sancionatorio por contravenciones tributarias.
Se añade en el informe que la normativa en proceso de aprobación, permitirá "flexibilizar" algunas sanciones aplicadas (injustamente) a los contribuyentes. Por lo menos eso se entendería de modificaciones que sean más aplicadas en razón de un equilibrio entre un determinado monto de "evasión" y una dura sanción que sobrepasa límites equitativamente permisibles, según algunos observadores.
El titular del SIN, explicó que en la administración tributaria que dirige actualmente se considera un proyecto de Resolución Normativa de Directorio, relacionada con el régimen sancionatorio vigente por contravenciones tributarias, su aplicación permitirá "suavizar" algunos castigos que establece el modelo vigente.
Un adelanto de lo que será la nueva normativa, hace referencia a fallas o errores menores, como un contribuyente no tenga en lugar visible su certificado con el Número de Identificación Tributaria, (NIT), para que los clientes puedan establecer a qué régimen corresponde el negocio, también la tenencia del talonario de notas fiscales (facturas) que se constituye en un requisito imprescindible para el desempeño de actividades regulares en los negocios formales.
Se menciona y se admite que muchas disposiciones y entre esas las de sanciones estaban dispersas y la nueva resolución tendrá el objeto de concentrarlas para hacer más sencilla su aplicación, disminuyendo en muchos casos el valor de las multas, enmarcando su aplicación a lo que dispone la CPE, un reconocimiento implícito de que algunas medidas del SIN no estaban adecuadas a la Carta Magna.
La medida del SIN señala que "las personas naturales pagarán menos por una sanción respecto a una persona jurídica", la disminución en este caso oscilará entre un 50 y hasta 80 por ciento menos en los montos de su aplicación. La Resolución (rectificatoria) que entrará en vigencia, señala otra enmienda en el caso de las sanciones que se aplicaban por ejemplo en castigar un error en los libros de compra - venta de los negocios, en adelante habrá un margen de hasta tres equivocaciones de acuerdo a las circunstancias, de ese modo se favorecerá con contribuyente y se reducirá el efecto de fuertes sanciones pecuniarias.
En todo caso la nueva norma podría ser el primer paso para la aplicación de otras modificaciones al sistema vigente, entendiendo que en el SIN es muy urgente la actualización de varias de sus normas, especialmente las relacionadas con los regímenes tributarios de modo que se "universalice" un modelo más práctico para congregar en el SIN a la mayoría de los ciudadanos que realizan actividades comerciales, pero de acuerdo a condiciones reales del manejo de capitales, para que los mayoristas de millonarios negocios no sean los beneficiados con mínimos impuestos al congregarse por ejemplo en un "Régimen Simplificado" que no es precisamente al que pertenecen, mientras que otros contribuyentes de negocios legalmente establecidos e inscritos en el Régimen General, son los que sufren las contingencias de fuertes sanciones por delitos menores, ante la permisibilidad del SIN para que trabajen impunemente los comerciantes informales, que son los más grandes evasores y los que no reciben sanciones.
Toda innovación es interesante, especialmente en un organismo como el SIN, que necesita cumplir metas de recaudación, partiendo de la incorporación a su sistema del enorme contingente de informales que le restan millonarios ingresos al fisco.
Fuente: La Patria
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