Lunes 02 de noviembre de 2015

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Entre las últimas "reformas" o mejor dicho, entre los últimos ensayos de manejo del Ã?rgano Judicial de nuestro paÃs, se ha determinado que las vacaciones judiciales no sean colectivas en cada Distrito, sino más bien escalonadas, es decir, que no pueden salir de vacaciones todo el Ã?rgano Judicial al mismo tiempo en cada Departamento como se lo venÃa haciendo antes.
El propósito de este cambio, se decÃa que favorecerÃa a la sociedad, pues de esta manera se creÃa y asà lo sostenÃan sus proponentes, que la sociedad no se verÃa perjudicada en el avance de sus procesos, como también, no habrÃa un vacÃo judicial por efecto de las vacaciones de cada Distrito.
Recordemos que hasta el año pasado, cada Distrito programaba sus vacaciones colectivas y durante ese periodo sólo quedaban en el área penal algunos jueces y tribunales de turno al igual que una sala especializada del área, los mismos que atendÃan casos nuevos, asuntos con detenidos preventivos y todos los trámites considerados urgentes.
Lo que no se podÃa era ingresar demandas nuevas en las áreas: Civil, Familiar, Laboral y Administrativa judicial ya que en estas áreas todos entraban de vacaciones colectivas (valga la redundancia).
Pero antes de imponer estas famosas "reformas", ¿Se habrá molestado alguien en realizar un estudio de su factibilidad e implicancia en los resultados que se podÃa tener?, o quizá simplemente se lo habrá impuesto a la vieja ultranza, o como dijo alguna vez Evo Morales, ¡yo le meto nomás!, y que los abogados luego lo arreglen para qué han estudiadoÂ?
Ahora según se viene "experimentando", las vacaciones judiciales escalonadas se están convirtiendo en las interminables vacaciones judiciales, y lo más grave aún, es que esto no lo podrán arreglar ni los abogados y mucho menos los polÃticos, el daño ya está hecho, en Santa Cruz hemos tendido las vacaciones de los jueces en los juzgados "impares" por tanto los jueces de los juzgados "pares" quedaron en suplencia, luego ha venido la vacación de los juzgados "pares" y los otros quedaron en suplencia; lo que a simple vista parece una maravilla, pero resulta que en todo ese tiempo las causas se han retrasado en dos periodos, tanto en las vacaciones de los unos como de los otros, no se le podÃa exigir a los de turno ni para que despachen sus propias causas por el mismo hecho de la recarga de funciones ya que a la vez era juez de otro juzgado, menos aún exigir en el que venÃa de suplente ya que no son sus propias causas y no conoce los temas de qué se trata el proceso en sÃ.