Jueves 22 de octubre de 2015
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Editorial y opiniones
Esclarecimientos dif铆ciles en la justicia
22 oct 2015
Ra煤l P矛no-Ichazo Terrazas
En los casos dif铆ciles de averiguar los factores que concurren a su g茅nesis u origen no son de puro entendimiento, participan en el acto de averiguaci贸n todas las fuerzas an铆micas en conjunci贸n con la actuaci贸n de los sentimientos. El juzgador no debe formar su opini贸n atendiendo exclusivamente a los datos objetivos, debido a que en la valoraci贸n final de la prueba debe escuchar la voz interna, porque este es uno de los principios fundamentales en los cuales descansa la indagaci贸n personal de los hechos, de ah铆 que el ordenamiento jur铆dico permite que concurran activamente la convicci贸n personal铆sima y los elementos racionalmente inabarcables que este contiene, as铆, el ordenamiento jur铆dico no hace depender todo de los razonamientos del juzgador.
La voz interna del juzgador, concienzuda y verazmente percibida, tiene derecho a ser considerada en los sucesos enmara帽ados o extremadamente dif铆ciles de esclarecer y, puede, constituirse en el factor que d茅 la pauta para la decisi贸n final. Esta voz interna ofrece posibilidades de cognici贸n, entendida como el conocimiento jur铆dico necesario para esclarecer, siendo el asentimiento que el juzgador da a su fuero interno a la reconstrucci贸n del estado de los hechos realizada sobre la inequ铆voca base del material probatorio el que crea la certeza necesaria.