Viernes 16 de octubre de 2015

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驴C贸mo se aprecia o valora definitivamente la prueba?, en la etapa final, el averiguador fiscal pasa a examinar el material probatorio en su conjunto y lo hace comparando las testificaciones con los documentos, estos con los resultados de las inspecciones in situ (en el lugar de los hechos), relacion谩ndolos con los informes de los peritos especialistas, si los hubieren. Esto tiene un fin determinado que se resume en comprobar exhaustivamente (acci贸n entendida como el paso importante para agotar por completo la b煤squeda de la verdad), y conformar un cuadro coherente, unitario y ver铆dico de los hechos. Aqu铆 reside la m谩xima responsabilidad del juzgador que ahora debe desembarazarse del detalle pormenor y examinar los fragmentos que componen el todo y como concurren a la unidad estructurando el cuadro global.
Esta fase, realizada con conspicua responsabilidad le brinda al juzgador la 煤ltima oportunidad de apreciar, es decir, valorar cr铆ticamente el material probatorio en su totalidad, inclusive los elementos probatorios surgidos de la impresi贸n personal causada, sin agravios comparativos, por los involucrados en el contencioso. Este periodo permite rectificar al juzgador las eventuales fallas de apreciaci贸n anteriores.