Miercoles 07 de octubre de 2015
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Los indicios, entendidos como el signo que permite presumir algo con fundamento o la circunstancia que asigna a un hecho un carácter de verosimilitud, cuyo rastreo de los preferentemente útiles se hace durante la práctica o comprobación de la prueba, es decir, cuando se toma la declaración al imputado y los testigos, o en conexión con el análisis o interpretación de los documentos o en la propia inspección en el lugar del hecho.
También dicho rastreo puede realizarse fuera de la práctica de la prueba cuando se discute la causa en forma verbal con las partes, por último, puede tener lugar luego de finalizado el debate, así, los investigadores al redactar su informe final, pueden repensar una y otra vez todos los detalles para descubrir con este esfuerzo la fuerza señaladora del indicio hasta entonces no advertida, antes de dictar la sentencia; de esta forma responsable se reinvestiga durante el desarrollo de las deliberaciones todos los hechos, en busca de elementos indiciarios.
¿Cómo se buscan los indicios?, en los sucesos vinculados a un lugar determinado, por ejemplo, en un accidente automovilístico o en un robo violento con fractura, las pesquisas se inician con la búsqueda de rastros (pistas) en el lugar del hecho. Por lo contrario, cuando el lugar tiene poca importancia como la deslealtad, la búsqueda de indicios útiles se cumple preponderantemente en la declaración del imputado o al interrogar a los testigos.