Pero las cosas siguen como están. No supone cambio sustancial alguno ni novedad. En 2011, con motivo de la Jornada Mundial de la Juventud celebrada en Madrid con la presencia de Benedicto XVI, el cardenal Rouco Varela, entonces arzobispo de Madrid y presidente de la Conferencia Episcopal Española, aprobó un decreto con similares medidas. ConcedÃa a los sacerdotes legÃtimamente autorizados la facultad delegada de perdonar el pecado de aborto a las mujeres que lo hubieren cometido y que estuvieren arrepentidas, con la imposición de la "penitencia conveniente", como pedirles que hiciera una donación económica si gozaba de una situación holgada, visitar un santuario dedicado a la Virgen MarÃa, comprometerse a tener más hijosÂ?
La medida suponÃa levantar la excomunión decretada por el Código de Derecho Canónico aprobado el 25 de enero de 1983 por Juan Pablo II, pero solo durante la Jornada Mundial de la Juventud en el marco de la "Fiesta del Perdón": del 15 al 22 de agosto de 2011.
El canon 1398 del Código de Derecho Canónico establece que "quien procura el aborto, si este se produce, incurre en excomunión latae sententiae", es decir, sin necesidad de que medie sentencia alguna de excomunión. Dicho canon fue ratificado por el Catecismo de la Iglesia Católica, aprobado por Juan Pablo II en 1992, que, aun sin restringir el ámbito de la misericordia, se refiere a "la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad".
El lenguaje no puede ser más severo y más condenatorio de lo que se define como muerte a un inocente. Pues bien, ni el citado canon del CDC ni el número correspondiente del Catecismo han sido derogados. Siguen vigentes. A más a más, el propio Francisco en su reciente encÃclica Laudato Sô. Sobre el cuidado de la casa común considera incompatible la justificación del aborto con la defensa de la naturaleza.
La respuesta al problema del aborto en la Iglesia católica no puede ser coyuntural, ni reducirse a poner plazos al perdón. Tiene que encarar el problema en toda su profundidad y cambiar de doctrina y de actitud. De entrada, deben respetarse las leyes de interrupción del embarazo aprobadas democráticamente en los diferentes parlamentos nacionales y en las declaraciones de las Cumbres Internacionales. Debe respetarse la libertad de conciencia de las mujeres y su derecho a decidir. Debe renunciarse a los excesos verbales como calificar el aborto como crimen de inocentes indefensos. ¡Y derogar el canon que excomulga a las mujeres! Solo asà se podrá decir que se ha producido un cambio de paradigma en la doctrina y la moral de la Iglesia católica. De lo contrario, todo seguirá igual.
(*) Profesor de la Universidad os III de Madrid
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