La aprobación del Estatuto Autonómico Departamental conlleva una gran responsabilidad y admite asumir de manera plena el ejercicio democrático ciudadano consagrado en la Constitución PolÃtica del Estado, instrumento que regula, norma y hasta preserva nuestra vida democrática y los derechos y libertades constitucionales.
Empero no se trata de aprobar por aprobar o estar de acuerdo con lo que dice esta normativa institucional básica de las entidades territoriales autónomas y de los gobiernos autónomos departamentales, que se constituye en el instrumento que fija reglas de juego para cada región, jurisdicción o zona departamental reconocido y al amparo de la Carta Magna como parte integrante del ordenamiento jurÃdico nacional.
En el caso concreto de Oruro si no aprueba el Estatuto de AutonomÃa, seguiremos dependiendo como hasta ahora del nivel central, vale decir del Poder Central, puesto que nuestra economÃa tampoco nos permite avanzar hacia una plena autonomÃa por los reducidos ingresos que tenemos, los pocos impuestos que se recaudan y las regalÃas que son cada vez menos por la polÃtica centralista del Estado.
El Estatuto de Oruro hace simple referencia y es más bien un recuento de lo que se tiene y se deja las tareas fundamentales para la "nueva administración y legislación" que tienen que encargarse de elaborar, redactar y proponer iniciativas tendientes a lograr lo que se requiere para alcanzar un desarrollo productivo. Sin contar con una lÃnea maestra de acción ni alternativas que permitan garantizar el futuro crecimiento sustentable y sostenido del departamento.
Por último si los Estatutos de AutonomÃa se aprueban mediante ley orgánica, no significa que se trate de una norma con esa naturaleza, por lo que fueron sometidos a control de constitucionalidad para evitar que se antepongan a los dictados de la Carta Magna, lo que establece la existencia de un procedimiento especÃfico de reforma en el propio Estatuto de AutonomÃa que debe ser llevado a cabo por sus legisladores departamentales, asà las futuras las leyes y demás normas y actos autonómicos deben, pues, respetar el correspondiente Estatuto, que fija las grandes lÃneas estructurales del ordenamiento jurÃdico de cada Comunidad Autónoma. El votar por el sà o el no es de una decisión privativa de cada quien y ojalá la sabidurÃa de la ciudadanÃa se imponga para garantizar un futuro desarrollo sostenido a la región, lejos de la actitud partidaria que pretende demostrar una fortaleza que se derrumba por el accionar inoperante de las propias autoridades.
(*) Periodista
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