Largo proceso para descentralizar el Estado respetando leyes sin vulnerar la democracia
21 sep 2015
Fuente: LA PATRIA
Jorge Lazzo Quinteros - Columnista de La Patria
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En nuestro paÃs, en el que las consultas ciudadanas se producen con cierta frecuencia dadas las condiciones de inseguridad colectiva sobre el desarrollo de algunas actividades, próximas al hecho polÃtico y/o los deberes y derechos cÃvicos de la población, la convocatoria pública se institucionaliza y de ahà que plebiscitos o referendos buscan la mayor participación de un electorado que todavÃa tiene algunas dudas sobre la independencia del órgano que propicia estos eventos en busca de establecer y valorar el criterio ciudadano en un marco de respeto a sus derechos y opciones conferidas por la Carta Magna y por supuesto para justificar las inversiones que implica cualquier proceso de consulta ciudadana.
Parece complejo el asunto, empero es parte de un sistema en el que se introduce el modelo de preguntarle al pueblo lo que se quiere definir con tinte de abierta democracia, para alcanzar objetivos que no son precisamente los que están en el ideario mayoritario, pero sà en el imaginario partidario.
Sin embargo y por esas cosas del orden polÃtico, ciertas suspicacias en el TSE, justamente los estatutos autonómicos de Santa Cruz están pendientes de aprobación, sólo Pando se ajustó a la adecuación exigida, mientras que Beni y Tarija adelantaron sus gestiones. Pasados los referendos de este domingo, se sabrá oficialmente cuántos de los nueve departamentos de Bolivia podrán pasar al ejercicio práctico de sus autonomÃas en pleno derecho de sus competencias frente al Estado boliviano.
La Constitución Departamental
El objetivo directo de tener Estatutos Autonómicos aprobados, es que este conjunto de reglas "primarias", permitan a los gobiernos departamentales elaborar sus propias normativas en función de sus necesidades, uso de recursos naturales y una administración directa de sus ingresos, de modo que sean satisfechas todas las expectativas ciudadanas pendientes del planteamiento de proyectos y la ejecución de los mismos, con resultados de calidad y seguridad para mejorar las condiciones de vida, en todos los estratos sociales de su población.
Se trata de entender el estatuto como la Constitución Departamental en un marco jurÃdico cuyas competencias no limiten de modo alguno la elaboración y aprobación de nuevas leyes, induciendo su aplicación al desarrollo departamental.
La responsabilidad es muy seria para las autoridades que manejan la "cosa pública" en el ámbito sub nacional, sean los AsambleÃstas y el Gobernador o en la otra instancia los Concejales y el Alcalde, que deberán diseñar leyes operativas para ejecutar planes de uso y beneficio colectivo, pero esencialmente tendrán la gran responsabilidad de estudiar la mejor manera de incrementar los ingresos departamentales, de eso se trata, con más recursos más desarrollo.
La expectativa generalizada está cifrada en los resultados de la última consulta ciudadana en cinco departamentos, si los mismos convalidan la vigencia de los estatutos cada gobierno departamental tendrá que establecer su propio modelo de gestión, priorizando la obtención de más recursos, con el fin de cortar por fin la dependencia del centralismo gubernamental, lo que significará evidentemente el inicio de la marcha de una autonomÃa plena.
Tarea difÃcil hacia adelante
Pero no todo será tan sencillo como marca la teorÃa, si bien la nueva CPE vigente desde febrero del 2009 ya estableció el sistema de las autonomÃas fijando ciertas responsabilidades a los nueve gobiernos departamentales, por ejemplo la misión de redactar y aprobar sus estatutos y en el caso de los municipios sus cartas orgánicas, ha transcurrido más de cinco años para llegar a la instancia presente, que como observamos aún no está completa.
Cerraremos la consideración de este delicado, pero al mismo tiempo intrincado problema, coincidiendo con algunos expertos autonomistas, cuando se señala que los resultados del referendo en cinco distritos y los otros que se regularicen más adelante, excepto Pando, son de simple formalidad operacional, pues lo que se olvida es que desde que rige la nueva CPE y la Ley 031, los gobiernos departamentales y los municipales, ya tenÃan vÃa libre para aplicar sus autonomÃas, lógicamente no las tenÃan, por lo mismo no las ejercen aún y quizá podrán hacerlo con el resultado del referendo.
La responsabilidad inmediata corresponderá a los gobiernos departamentales, para que como señala la Carta Magna, desarrollen sus competencias exclusivas de autonomÃa, planificando y promoviendo el desarrollo humano en su jurisdicción, promoción del empleo y mejora de las condiciones laborales, elaboración de proyectos de generación de recursos, atención en la dotación de servicios básicos y mejoramiento constante de las condiciones de salud y educación, transporte y actividades culturales.
Un proceso sumamente complejo, de cumplimiento estricto con seriedad y responsabilidad.
Fuente: LA PATRIA
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