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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 Servicios portuarios irregulares - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
De manera oficial y a través de la Cancillería boliviana se planteó al Gobierno de Chile evitar el mal trato permanente que se produce en los puertos por los que transita carga de y hacia Bolivia. Los problemas comprobados recientemente constituyen una clara vulneración al Tratado de 1904, que con inusitada frecuencia arguye cumplir Chile, cuando en los hechos sucede todo lo contrario.
A propósito del Tratado de 1904, su Art 6to señala: "La República de Chile reconoce a favor de la de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico. Añade que "ambos gobiernos acordarán, en actos especiales, la reglamentación conveniente para asegurar, sin perjuicios para sus respectivos intereses fiscales, el propósito antes expresado".
Sin embargo el merituado Tratado ha sido sistemáticamente violado por Chile reiteradas veces en la historia, la defensa de su vigencia es hoy en día el pilar de sus argumentos jurídicos en el juicio que Bolivia le ha iniciado en la Corte Internacional de Justicia (CJI) en La Haya.
En materia de disposiciones, es importante recordar el contenido de la Convención sobre Tránsito suscrito en Arica en 1937 y que su Art 1 señala: "El Gobierno de Chile, de conformidad al art 4 del Tratado de Paz y Amistad de 1904, reconoce y garantiza el más amplio y libre tránsito a través a través del territorio y puertos mayores para las personas y cargas que crucen por su territorio de o para Bolivia", por lo mismo dentro de las estipulaciones chileno - bolivianas vigentes, el libre tránsito comprende toda clase de carga y en todo tiempo sin excepción alguna.
Lamentablemente esas regulaciones establecidas en documentos oficiales, reconocidos y vigentes plenamente, son incumplidos en los puertos chilenos, especialmente en Arica donde la carga boliviana es manipulada de acuerdo al criterio de operadores privados portuarios, ocasionando perjuicios a transportistas que deben pagar fuertes gravámenes por "transferencia de cargas a extrapuertos lo que implica pérdida de tiempo y gastos que alteran contratos fijos con destinatarios de la carga.
Los operadores portuarios de Chile infringen además normas de seguridad en el manejo de carga, disponen inspecciones arbitrarias, alteran los trámites regulares para "desconsolidar" la mercadería y obligando a utilizar transporte chileno para "consolidar" la carga en puertos extraordinarios. Es más con la clara intención de perjudicar a importadores y exportadores bolivianos se arguyen algunos reglamentos que tienen que ver con la "categoría" de mercadería, siendo calificada alguna mercadería como "carga dificultosa, .dudosa o compleja", en función al criterio de funcionarios de puerto y sin ningún respaldo de legalidad.
Los problemas habituales de transgresión a los acuerdos en vigencia, suelen complicarse con "movimientos sociales portuarios" con la suspensión de actividades en los puertos por varios días, creando conflictos de magnitud por la alteración de contratos, daños que lamentablemente no son compensados.
El desconocimiento a las normas es flagrante por parte de personal chileno y se desconocen las tipologías de la Convención sobre Tránsito, que define "libre tráfico a cualquier tipo de carga boliviana, en todo tiempo y sin excepción alguna" por lo que no se justifica la arbitraria calificación chilena como carga compleja o dificultosa a la mercadería boliviana. Estas alteraciones son una clara muestra de la posición chilena vulnerando el Tratado de 1904. El reclamo está hecho, se espera una explicación congruente de Chile sobre el particular.
Fuente: LA PATRIA
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