Referendos: Solo delegados del MAS controlarán voto en departamentos
16 sep 2015
Fuente: La Paz, 15 (ANF).-
Ante la ausencia de organizaciones políticas, de la sociedad civil y pueblos indígena originario campesinos registrados para hacer campaña por el No en el Referendo del 20 de septiembre, solo los delegados del Movimiento Al Socialismo (MAS) y sus afines tendrán posibilidad de validar las actas de escrutinio de los cómputos de votos en los diferentes recintos electorales en los departamentos de La Paz, Cochabamba y Chuquisaca.
El vocal José Luis Exeni, responsable del área del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), fue quien confirmó que solo delegados de las organizaciones acreditadas para hacer campaña en espacios públicos y propaganda en medios de comunicación por alguna de las dos opciones, podrán participar del acta de cómputo.
"Solo acreditados por el Sí y por el No serán esos los delegados, nuestra; impresión es que no hay pasa por los delegados (el control) es un componente adicional porque a plenitud la garantía y transparencia están garantizados por los jurados electorales", aseguró Exeni, en un encuentro con los medios de comunicación, delegados de organizaciones políticas y analistas.
Ante el TSE se registraron 35 organizaciones, de las cuales 26 apostaron por el Sí y nueve por el No a los Estatutos Autonómicos Departamentales, a las Cartas Orgánicas Municipales y a los Estatutos de Autonomía Indígena Originaria Campesina.
"De las 35 organizaciones acreditadas para hacer campaña y propaganda, en La Paz, Cochabamba y Chuquisaca se han acreditado sólo para el Sí, en Oruro y Potosí, hay por el Sí y por el No y en las tres cartas orgánicas en Huanuni por el Sí y por el No y en Tacopaya y Cacopata sólo por el Sí . En la autonomía originaria de Totora Marka por el Sí y por el No, y en Charagua es donde hay más acreditados; seis por el No, cinco juntas de vecinos y una OTB y cuatro por el Sí", señaló.
Los delegados que se hicieron presentes a la presentación del procedimiento de cómputo, cuestionaron que el TSE haya generado una resolución específica para la acreditación de las organizaciones a favor y en contra de los estatutos y cartas orgánicas, cuando el artículo 21 de la Ley 026 de Régimen Electoral, les faculta a participar en esos escenarios.
El inciso "c" del artículo 21 señala que "la campaña y propaganda electoral serán realizadas únicamente por las organizaciones políticas y las organizaciones de la sociedad civil y de las naciones y pueblos indígena orginario campesinos registradas, que estén a favor o en contra de una de las dos opciones. Estas organizaciones tendrán acceso a la propaganda electoral gratuita".
"¿Si estamos registrados ante el Tribunal Supremo Electoral se supone que tenemos personería jurídica vigente, por qué se exigió que nos registráramos a favor o en contra?", cuestionó el delegado de la Fuerza Revolucionaria de Izquierda (FRI), Jorge Ecualine.
Fuente: La Paz, 15 (ANF).-
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