Un sencillo análisis sobre la norma que regula la actividad de los partidos políticos en nuestro país, permite ubicar el asunto en 1999 cuando se aprobó la Ley Orgánica de Partidos Políticos, la que está vigente y no ha sido modificada para el desarrollo de las pasadas elecciones.
Por lo menos hay una coincidencia de fondo entre los actuales protagonistas de la actividad política, los oficialistas y los opositores, cuando señalan debatir de la manera más amplia la redacción de una nueva ley de partidos que se adecúe al tiempo presente en un Estado Plurinacional que debe modernizarse, sin alterar empero, los conceptos y el sentido invariable de la práctica democrática.
El reconocimiento de las variables constitucionales nos muestra que el Estado adoptó la forma democrática, participativa, representativa y comunitaria, lo que significa que el ejercicio ciudadano se da a través del referendo, puede ser la iniciativa parlamentaria, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. La configuración mayor está comprendida en la convocatoria eleccionaria, la participación de partidos políticos y de la ciudadanía votante.
Este es un tema que merece consideración especial, dadas las condiciones en que deben desenvolverse los futuros actuados electivos, garantizando una verdadera democracia participativa, que signifique la concurrencia activa de las fuerzas políticas nacionales debidamente organizadas y que en su momento sean parte de la expresión ciudadana, sin restricciones, ni presiones.
Pasado el referendo próximo para definir la vigencia o no de los estatutos autonómicos en cinco distritos, recién y seguramente desde octubre el Tribunal Supremo Electoral, TSE reabrirá el debate sobre la nueva ley de partidos políticos.
Autoridades del organismo electoral adelantaron su predisposición "para impulsar un amplio proceso de reforma normativa con el firme propósito de actualizar la Ley de Organizaciones Políticas", que según ellos es una asignatura pendiente.
La Asamblea Legislativa será parte importante de la consideración y debate de la normativa electoral, situación que se inició el 2014 y se suspendió precisamente a sugerencia de algunos partidos políticos, que consideraban inapropiado tratar una nueva normativa, en proximidad de un evento eleccionario.
La ley de partidos vigente desde el 99, reconoce la democracia representativa que basa sus principios esencialmente en el voto universal, directo y secreto y el ejercicio de la representación popular por medio de los partidos políticos y las alianzas formuladas por estos. Lo que se vislumbra como parte importante para la nueva norma es el reconocimiento oficial de algo ya admitido desde el 2004 a través de la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, cuya participación en los procesos eleccionarios debe reglamentarse apropiadamente, sin excluir lo que se considera como "democracia comunitaria", un elemento que será parte importante del próximo debate de la ley de partidos.
Frente al eventual inicio de un amplio debate sobre la Ley de Organizaciones Políticas, comienzan los ajetreos entre los actores políticos, que trabajarán en los días siguientes estructurando sus propuestas. El interés común en contar con una normativa que garantice la movilización electoral ciudadana en el más amplio nivel, moverá además de los sectores del oficialismo y la oposición a grupos de la sociedad civil y los llamados colectivos femeninos para incluirse en los futuros debates para defender los derechos de participación política ciudadana.
El TSE, habría iniciado por su parte lo que le corresponde para definir el escenario del debate, en un marco de amplia participación ciudadana a través de todas las representaciones legalmente establecidas.
Fuente: LA PATRIA
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