Miercoles 31 de marzo de 2010
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ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA BAJO LA DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE EMPRESA MINERA CALATRAVA LTDA., CON LA SIGLA “EMCAL LTDA.” QUE SUSCRIBEN LOS SEÑORES RAFAEL ORLANDO GARCIA ANTEZANA, MARIA JOSE VELASCO GARCIA, MAGALY ARANIBAR CHINCHILLA Y ALVARO HANS UGALDE BEYER.-
En esta ciudad de Cochabamba, Bolivia, a horas nueve de la mañana, del día de hoy veintiséis de marzo del año dos mil diez, ante mí Doctora Mariana Gabriela Mostajo Salazar Notaria de Fe Pública de Primera Clase número sesenta y dos con residencia fija en esta capital y testigos que al final se nombran y suscriben, se encuentran presentes los comparecientes: RAFAEL ORLANDO GARCÍA ANTEZANA, mayor de edad, hábil por ley, soltero, estudiante, boliviano, de 31 años de edad, con cédula de identidad número sesenta y cuatro, noventa, ochocientos veintisiete de Cochabamba (6490827 Cbba), con domicilio en la calle Santivañez Número quinientos veinticinco de la ciudad de Cochabamba; MARÍA JOSÉ VELASCO GARCÍA, mayor de edad, hábil por ley, soltera, boliviana, estudiante, con cédula de identidad número trescientos cincuenta y nueve, veintidós, cincuenta y nueve de Cochabamba (3592259 Cbba), con domicilio en la Avenida Circunvalación, condominio Laureles, Viv. 1 de la ciudad de Cochabamba, de 30 años de edad; MAGALY ARANIBAR CHINCHILLA, mayor de edad, hábil por ley, viuda, labores de casa, boliviana, con cédula de identidad número: setecientos ochenta y siete, seiscientos noventa de Cochabamba (787690 Cbba), domiciliada en la calle Huainataky Número siete de la ciudad de Cochabamba, de 59 años de edad; y ALVARO HANS UGALDE BEYER, mayor de edad, hábil por ley, soltero, Ingeniero Comercial, boliviano, con cédula de identidad Número trescientos cuarenta y seis, setenta y siete, treinta de La Paz (3467730 L. P.), domiciliado en la calle Número nueve de la zona de Calacoto de la ciudad de La Paz, de 27 años de edad; a quienes de conocer e identificar en oficina y a mi criterio cuentan con la suficiente capacidad legal para celebrar este acto doy fe, dicen: Que, en la presente fecha otorgan una Escritura de CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, BAJO LA DENOMINACION O RAZON SOCIAL DE EMPRESA MINERA CALATRAVA LTDA., CON LA SIGLA “EMCAL LTDA.” las demás bases y condiciones constan en la minuta correspondiente, la que transcrita literalmente como base fundamental en cumplimiento del artículo veinte y tres de la ley del notariado vigente, es del tenor que sigue:- MINUTA.- SEÑOR NOTARIO DE PRIMERA CLASE.- En el registro de Escrituras Públicas a su cargo, sírvase insertar una de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se celebra al tenor de las cláusulas siguientes:--- PRIMERA. (Constitución).- Dirá Ud. que: 1.1.- Rafael Orlando García Antezana, mayor de edad, hábil por ley, soltero, estudiante, boliviano, con cédula de identidad N° 6490827 expedido en Cochabamba, de 31 años de edad, domiciliado en la calle Santivañez N° 525 de la ciudad de Cochabamba; 1.2.- María José Velasco García, mayor de edad, hábil por ley, soltera, boliviana, estudiante, con cédula de identidad N° 3592259 expedido en Cochabamba, de 30 años de edad, con domicilio en la Av. Circunvalación, condominio Laureles, Viv. 1 de la ciudad de Cochabamba; 1.3.- Magaly Aranibar Chinchilla, mayor de edad, hábil por ley, viuda, labores de casa, boliviana, con cédula de identidad N° 787690 expedido en Cochabamba, de 59 años de edad, domiciliada en la calle Huainataky N° 7 de la ciudad de Cochabamba, y; 1.4.- Álvaro Hans Ugalde Beyer, mayor de edad, hábil por ley, soltero, Ing. Comercial, boliviano, con cédula de identidad No. 3467730 expedido en La Paz, de 27 años de edad, domiciliado en la calle N° 9 de la zona de Calacoto de la ciudad de La Paz; han resuelto mediante este instrumento constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada en la ciudad de La Paz, el 22 de marzo de 2010, que se regirá por el presente contrato, el Código de Comercio y las normas legales pertinentes.--- SEGUNDA (Razón Social y Domicilio).- Dirá Ud. que la Sociedad girará bajo la denominación o razón social de Empresa Minera Calatrava Ltda., con la sigla “EMCAL Ltda.”, con domicilio en la ciudad de La Paz, pudiendo la sociedad establecer oficinas, sucursales etc., en cualquier lugar del territorio de Bolivia o del exterior, de acuerdo a las necesidades del giro de la Sociedad.--- TERCERA (Objeto y Duración).- Dirá Ud. que la Sociedad tendrá por objeto dedicarse al cateo, exploración, explotación, extracción, fundición, beneficio, refinación, venta, comercialización, exportación, etc., de minerales metálicos, no metálicos y ferrosos existente en el suelo o sub-suelo de la República de Bolivia, ya sea por cuenta propia o ajena, en forma directa, o en asociación, representación de terceros y/o formado, participando y administrando otras sociedades, para lo que podrá efectuar toda clase de actividades mineras.-- 3.1.- Solicitar, tramitar, concesionarse, adjudicarse, arrendar, peticionar, cuadrículas mineras para el objeto principal de la sociedad, ya sea mediante contratos mineros, de arrendamiento, riesgo compartido y/o de cualquier tipo o modalidad de contrato que se requiera sin limitación o restricción alguna, para implementar el objeto principal de la sociedad en yacimientos minerales metálicos, no metálicos y ferrosos, a través o mediante la suscripción de cualquier tipo de contrato ya sea con privados, Ministerio de Minería la Corporación Minera de Bolivia “COMIBOL” o las instituciones creadas o por crearse en el Estado Plurinacional de Bolivia, en aplicación a la Constitución Política del Estado y las leyes dictadas o por dictarse en materia minera;-- 3.2.- Proceder a la importación de equipos, maquinaria, insumos, herramienta y todo lo requerido al giro de la sociedad, así como exportar todo tipo de minerales metálicos, no metálicos y ferrosos, ya sea en bruto, procesados, beneficiados, fundidos, etc., a cuyo efecto la sociedad se halla plenamente facultada a realizar toda clase de operaciones, actos y contratos de cualquier naturaleza sin limitación alguna, permitidos por las leyes;-- 3.3.-. Adquirir, alquilar, negociar, contratar etc., todo tipo y clase de concesiones mineras, consolidadas, que posean resolución constitutiva de la respectiva superintendencia de minas y/o las autoridades competentes del Estado Plurinacional de Bolivia con quienes podrá suscribir contratos mineros, de adecuación a la normativa minera vigente o por dictarse en el futuro por la Asamblea Legislativa Plurinacional del Estado Plurinacional de Bolivia.- Los socios establecen como tiempo de vigencia de la Sociedad 50 años, computables a partir de la fecha de su constitución, pudiendo el mismo ser ampliado de acuerdo con el interés de los socios.--- CUARTA (Capital Social y su Distribución).- Dirá Ud. que el capital con el que se constituye la presente sociedad es de Bs. 36.000.– (Treinta y Seis Mil Bolivianos 00/100), el mismo que a la fecha de suscripción se halla aportado y pagado en tu totalidad. El capital social se halla dividido en Trescientas Sesenta Cuotas de Capital, cada una con un valor de Cien bolivianos, en la siguiente proporción:
Fuente: LA PATRIA