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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 Se llama discriminación - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
El Movimiento Al Socialismo (MAS) usa para su beneficio los medios estatales como Bolivia TV, la red Patria Nueva, el periódico Cambio y la Agencia Boliviana de Información. Por si eso fuera poco, destina recursos públicos a campañas de propaganda en contra de los sectores que le enfrentan, como todavÃa ocurre con la movilización del pueblo potosino.
Para colmo, y según confesó el Vicepresidente del Estado, ese dinero, que no es del MAS sino del pueblo boliviano, se distribuye sobre la base de criterios discriminatorios. El propio GarcÃa Linera dijo que no se da dinero -es decir, no se contrata publicidad- a los medios que mienten y actúan como "para-partidos".
Ahora bien, cortar la publicidad a un medio bajo el argumento de que hace labor "para-partidaria" es reconocer, expresamente, que se incurre en una actitud de discriminación que el artÃculo 5 de la Ley 045 define como "toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia" fundada en una lista de razones enumeradas en ese mismo precepto. Tres razones por las que se puede incurrir en discriminación son la "ideologÃa, filiación polÃtica o filosófica".
Eso equivale a decir que si se hace distinciones o preferencias, si se excluye o restringe la publicidad a un medio porque supuestamente hace labor "para-partidaria", se está discriminando. Además de inmoral, esa "distinción, exclusión, restricción o preferencia" constituye un acto de discriminación que la Ley 045, que modificó varios artÃculos del Código Penal, ha convertido en delito. Más aún, el delito de discriminación es sancionado por el artÃculo 281 ter del Código Penal "con pena privativa de libertad de uno a cinco años".
Por tanto, a la luz de esos artÃculos, el Gobierno no puede ni debe discriminar en la repartición de la publicidad estatal.
Otro desafÃo es el cumplimiento de la ley. Ya hemos visto cómo los criterios de discriminación se enmarcan en el artÃculo 5 de la Ley 045 y constituyen actitudes que incluso merecen la pena de cárcel, pero no ingresamos a los terrenos constitucionales donde se puede hablar de vulneración de otros derechos como el de la libertad de expresión e información.
En resumidas cuentas, se está violando la ley y las recientes declaraciones del vicepresidente son una admisión de ello. A confesión de parte, relevo de prueba.
(*) Premio Nacional en Historia del Periodismo
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