Miercoles 31 de marzo de 2010
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EL DOCTOR MARIO J. OSORIO SOLIZ, JUEZ DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN TERCERO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA:
El presente Edicto tiene carácter de notificación al señor JULIAN SOLIZ CHOQUE haciéndole conocer de que se ha presentado un informe pericial, dentro el proceso EJECUTIVO seguido por WALTER VILLCA GONZALES contra JULIAN SOLIZ CHOQUE y ANGELICA SUZAÑO DE SOLIZ, A cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.-- INFORME PERICIAL QUE CURSA A FOJAS 83 DE OBRADOS.- Lleva membrete de Coteor Ltda. Oruro 16 de diciembre de 2009.- S.T. N° 0566/09.- La Cooperativa de Telecomunicaciones “Oruro” Ltda., a Requerimiento del Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil.-- INFORME DE PERITAJE.- Que, la aportación Telefónica N° 6798 de la Serie “D” corresponde al teléfono N° 5261302 de propiedad de JULIAN SOLIZ y ANGELICA DE SOLIZ, adquirida por transferencia de fecha 14 de Febrero de 1989, cancelado su valor nominal de $us. 1.000,00 en fecha 21 de enero de 1982.- Que, la Aportación Telefónica N° 6798, se halla GRAVADA a partir de fecha 18/12/06 a favor de Walter Villca González, por préstamo de $us. 300.00 según documento privado judicialmente reconocido.-- Que, la Aportación Telefónica N° 6798, a la fecha no tiene cuentas pendientes con la Cooperativa.-- Es cuanto se certifica para fines consiguientes.- COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES “ORURO” LTDA.- Fdo. Esther Amanda Meneces Ayala.- Perito “Coteor Ltda.”.- Fdo. y Sellado Juan Carlos Rosales L.- Jefe División Atención al Socio Coteor.-- MEMORIAL QUE CURSA A FOJAS 84 DE OBRADOS.- Lleva timbres de Ley debidamente cancelados por el sello del Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil.- Presenta informe de Perito.- Otrosí.- ROSE YVONNE BACARREZA VEIZAN, en representación de mi mandante WALTER VILLCA GONZALES dentro el proceso Ejecutivo contra JULIAN SOLIZ CHOQUE y ANGELICA HIDALGA SUZAÑO de SOLIZ, ante usted con el debido respeto presento y digo y solicito.-- Señor Juez tengo a bien presentar a su digna autoridad el informe del Perito sobre la acción telefónica de los demandados.-- Otrosí.- Solicito a Ud. que el informe presentado se apruebe para proseguir con las instancias legales correspondientes.- Oruro, 11 de enero de 2010.- Fdo. y Sellado.- Dr. Rose Yvonne Bacarreza Veizán.- Abogado – Apoderada.- Lleva cargo de presentación que le corresponde.- DECRETO QUE CURSA A FOJAS 84 VUELTA DE OBRADOS.- Lleva sello del Juzgado Oruro de Instrucción Tercero en lo Civil, Oruro 21 de enero de 2010.- El informe pericial presentado por el perito designado en el presente caso, póngase a conocimiento de las partes para que en el plazo de 3 (tres) días computables a partir de su comunicación legal puedan realizar las observaciones que consideren pertinentes, conforme a lo dispuesto por el Art. 440-IIde Código de Procedimiento Civil.- Fdo. y Sellado: Dr. Mario J. Osorio Soliz.- Juez.- Fdo. Ante mí: Dra. Aidé Mamani Romay.- Actuaria.- Corre Diligencias de Notificación que le corresponde.- MEMORIAL QUE CURSA A FOJAS 96 DE OBRADOS.- Lleva timbres de ley debidamente cancelados por el sello del Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil.- Señor Juez de Instrucción Tercero en lo Civil.- Solicita Edicto.- Rose Yvonne Bacarreza Veizán en representación de mi poderconferente Walter Villca González, dentro el proceso Ejecutivo contra Angélica Suzaño de Soliz, ante usted con el debido respeto presento y digo y solicito.- Señor Juez cumpliendo con lo que su digna autoridad ordenó solicito a Ud. por la Sección que corresponde a la elaboración de EDICTO de ley de conformidad al art. 124 del C.P.C. con el informe del Perito al co-deudor ejecutado JULIAN SOLIZ CHOQUE, para lo cual cumpliere con las formalidades de ley.- Oruro, 15 de marzo de 2010.- Fdo. y Sellado Dra Rose Yvonne Bacarreza Veizán.- Abogado-Apoderada.- Lleva cargo de presentación que le corresponde.- DECRETO QUE CURSA A FOJAS 96 VUELTA DE OBRADOS.- Lleva sello del Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil.- Oruro, 17 de marzo de 2010.- En lo principal.- Líbrese el correspondiente Edicto de Ley, previo cumplimiento de las formalidades de ley.- Fdo. y Sellado: Dr. Mario J. Osorio Soliz.- Juez.- Fdo. Ante mí: Dra. Aidé Mamani Romay.- Actuaria.- Corre Diligencia de Notificación que le corresponde.- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIEZ AÑOS.
Fuente: LA PATRIA