Condiciones mínimas para la libertad de información y expresión
04 jul 2015
Adhemar Ávalos Ortiz
Para referirse al tema crucial de la libertad de información y expresión hay que adentrarse en la Revolución Francesa, aunque no de manera tan directa. Son sus principios los que deben regir un derecho humano fundamental. Ellos nos dicen que el ser humano, mujer y hombre, es libre desde su nacimiento. Pero existe la necesidad de una normativa y otros mecanismos que aseguren este derecho tanto en una ley como en su respectiva reglamentación, además de su aplicación práctica. En distintas instancias democráticas se ha trabajado el tema a partir de varias consideraciones muy importantes por su contenido y relevancia:
Primero, nadie que esté indebidamente informado a partir del acceso a medios escritos o virtuales puede expresarse con toda libertad, asumiendo su pensamiento como un valor fundamental, sino la opinión estaría mediatizada por intereses ajenos al tema.
Segundo, la Ley del Régimen Electoral debe garantizar que la población elija a sus representantes bajo condiciones de plena transparencia tanto en la presentación de candidatos como en el voto y la debida elección informada, tomando en cuenta la experiencia nacional e internacional con un monitoreo técnico que asegure el respeto de condiciones y causas funcionales al sistema de representación popular.
Tercero, debe existir un reglamento meritocrático para que la gente asuma funciones públicas independientemente de su posición política, solamente a partir de sus capacidades profesionales. Debe desaparecer el criterio étnico y de género en el tema ya que es discriminatorio.
Cuarto, aparte del Órgano Electoral es imprescindible que organizaciones independientes fiscalicen no solamente los procesos electorales como expresión de la voluntad popular, sino también el acceso a los medios y que estos no tengan restricciones autoritarias.
Quinto, es necesario cambiar sustancialmente la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación que afecta a la libre información y expresión de periodistas y ciudadanos de a pie.
Sexto, se deben cumplir las reglas de juegos democráticos imposibilitando intervenciones autoritarias que dañen el sistema democrático de participación de los ciudadanos.
Séptimo, los medios periodísticos no deben ser chantajeados por su línea editorial a partir de la contratación y difusión de publicidad gubernamental y privada.
Octavo, crear un sistema eficiente y transparente de denuncias y tratamiento contra violaciones a la libertad de información y expresión.
Noveno, la información y expresión de los ciudadanos tienen que ver fundamentalmente con prácticas legislativas transparentes.
Décimo, los alcances de la normativa de libertad de información y expresión no solamente deben pasar por la rigurosidad de la Constitución.
Undécimo, el Estado debe mejorar cualitativa y cuantitativamente la recolección y entrega de información sobre temas relevantes a partir del trabajo del Instituto Nacional de Estadística, institución que debe tener mayor independencia de gestión técnica. Finalmente, las organizaciones de la sociedad civil deben participar transversalmente en el proceso fuera de criterios prebendales.
Para tus amigos:
¡Oferta!
Solicita tu membresía Premium y disfruta estos beneficios adicionales:
- Edición diaria disponible desde las 5:00 am.
- Periódico del día en PDF descargable.
- Fotografías en alta resolución.
- Acceso a ediciones pasadas digitales desde 2010.