La expectativa ciudadana pese a la serie de observaciones, críticas y reclamos que se hacen en torno a los estatutos autonómicos y las cartas orgánicas de cada municipio, sigue pendiente de la aprobación de esos instrumentos que serán la base y el fundamento del accionar futuro en todos los distritos del país.
No hay que deslindar en ningún caso la responsabilidad que tiene el Estado como parte fundamental en la defensa de los derechos ciudadanos, como ejecutor de las disposiciones contenidas en la Carta Magna. Sin embargo a partir de los cambios estructurales muchas responsabilidades recaerán en adelante en las entidades territoriales autónomas para garantizar nuestros derechos fundamentales, cumpliendo los estatutos autonómicos y las cartas orgánicas.
Por mandato de la Ley Marco de Autonomías, hay que remarcar que los derechos son parte imprescindible de los textos que se manejan distritalmente en las dos normativas, estatutos y cartas orgánicas, de ahí que se convierten en normas institucionales que las sub autoridades deberán hacerlas cumplir en el ejercicio de sus funciones.
Varios problemas han surgido en la elaboración y tratamiento de las normativas, el hecho es que en algunos casos ciertas disposiciones no se ajustan a la competencia de la Constitución y por ese hecho es que en la mayoría de los casos se ha demorado la aprobación preliminar de estos instrumentos que, valga la redundancia, normarán el ejercicio cotidiano de los deberes y obligaciones de la comunidad.
Se han efectuado inversiones especiales para que comisiones mixtas trabajen en la redacción de los estatutos y las cartas orgánicas, resulta que las gobernaciones avanzaron con mayor celeridad en ese trabajo y varios distritos están esperando un visto bueno para llegar a la instancia del referéndum departamental, pero la tarea de "socializar" los proyectos todavía se cumple en varias instancias, aunque muchos segmentos de la sociedad civil todavía no conocen el proyecto.
En el caso de las cartas orgánicas la situación es más lenta, como en el municipio de Oruro que durante toda la gestión pasada no se avanzó gran cosa y el nuevo Concejo Municipal asume esa responsabilidad y con carácter de urgencia para poder dar legalidad al funcionamiento institucional municipal.
Algunos análisis sobre el tema de adecuación de los estatutos orgánicos muestran ciertas diferencias en el reconocimiento de los derechos ciudadanos, se indica que en el caso de La Paz y Pando, los estatutos garantizan esos derechos, en tanto que los de Oruro, Potosí y Cochabamba, enfatizan en la promoción y protección (de los derechos) y su pleno goce, mientras que en Tarija y Chuquisaca se menciona un "respeto de titularidad" al ejercicio de los derechos, sólo como ejemplo de la forma en que las comisiones trabajan distritalmente. Santa Cruz y Beni, pueden tener sorpresas interesantes.
Estos aspectos que son latentes y parte de la cotidianidad presente, llaman la atención ciudadana y es que se necesita todavía una fase de coordinación nacional, para no incurrir en errores que llevan más adelante a confusiones sobre el sentido estricto de respetar los derechos ciudadanos, las libertades individuales, las competencias civiles y los roles que deberán ejercer las autoridades en beneficio directo de los pobladores de los nueve departamentos.
En el caso de Oruro es menester que se movilice mayormente la "socialización" del estatuto autonómico, por un lado y por otro que los concejales munícipes apuren la redacción de la carta orgánica municipal.
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