Lunes 22 de marzo de 2010
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EL DR. JOSE ROMERO SOLIZ JUEZ DE PARTIDO SEGUNDO DE FAMILIA DE LA CAPITAL (ORURO - BOLIVIA); POR CUANTO LA LEY LE FACULTA.
Por el presente EDICTO que tiene carácter de notificación: Cita, llama y emplaza a: GERMÁN CRUZ FERNÁNDEZ para que por sí o mediante apoderado asuma defensa dentro el proceso de DIVORCIO seguido por ROSS MARY ZELAYA GARCIA, a cuyo fin se transcriben los siguientes actuados de ley. MEMORIAL DE FS. 5 a 5 V.- (SINTESIS) Demandante.- ROSS MARY ZELAYA GARCIA, mayor de edad, vecina de esta, con C.I. 2724000 Oruro, casada, labores de casa, con domicilio en la calle Colón N°122 entre pasajes “2” y “3” de la zona Sud de nuestra ciudad, hábil a los efectos de ley. Demandado.- GERMÁN CRUZ FERNANDEZ, mayor de edad, casado, chofer, con C.I. desconocido, domicilio desconocido, hábil por derecho. En fecha 21 de julio de 1979, contraje matrimonio civil con el Señor: GERMÁN CRUZ FERNÁNDEZ, procreando dos hijos que actualmente tienen la mayoría de edad, solo hemos vivido 4 años por motivos de trabajo nos trasladamos a la ciudad de Cochabamba en la gestión de 1984 en horas de la mañana me indico que tenía un contrato en la localidad de Chapare con la movilidad que trabajaba, sin retornar hasta el presente aproximadamente 25 años , como esposa he hecho todo lo posible para poder encontrar, pero mi búsqueda ha sido sin resultados. Por todo lo mencionado de conformidad al Art.131 del Cód. de Familia interpongo demanda en contra del señor: GERMÁN CRUZ FERNÁNDEZ, aclarando que desconozco su paradero. Otrosí.- Entre las medidas provisionales: a) La separación de techo y lecho. b) No existen bienes gananciales. c) No se fije asistencia familiar para ninguna de las partes. Otrosí 2°.- Solicito Edicto para su citación. Otrosí 3°.- Adjunto documentos. Otrosí 4°.-Señalo domicilio La Plata No. 5782 entre Ayacucho y Cochabamba. Oruro, 26 de enero de 2010. Fdo. ABOGADO. Fdo. Interesada. DECRETO DE FS. 7. A, 1ro. de febrero de 2010 Téngase por admitida la demanda en todo cuanto hubiere lugar en derecho. Traslado personal a: GERMÁN CRUZ FERNÁNDEZ a objeto que conteste dentro el término de 15 días a partir de su citación personal, conforme prevé el Art.345 del Código de Procedimiento Civil previas las formalidades de ley. Al otrosí.- Entre las medidas provisionales se dispone: La separación de cuerpos de los cónyuges de techo y lecho. B) Se tiene presente y traslado. C) Se tiene presente. Al otrosí 2do.- Para la citación del demandado Germán Cruz Fernández, líbrese edictos de ley previo juramento de ley que manda el Art.124 del Código de Procedimiento Civil. Al Otrosí 3ro.- Téngase por presentada la prueba documental que acompaña con noticia contraria. Al Otrosí 4to.- Por señalado el domicilio procesal. Asimismo la actora Ross Mary Zelaya García deberá presentar a este despacho judicial los certificados de nacimiento de los hijos Jhimmy Germán y Norman ambos de apellidos Cruz Zelaya no obstante su mayoría de edad, bajo alternativa de ley.
Fuente: LA PATRIA