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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 Cumplir obligaciones impositivas - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
Esto de cumplir con las obligaciones tributarias, que además son realmente de orden impositivo, tiene algunas observaciones entre quienes están obligados a contribuir con sus impuestos al Erario Nacional, como por los que a sabiendas de lo que hacen, son evasores consuetudinarios que viven ausentes del ajetreo tributario que no siempre da satisfacciones, pues una de las grandes dudas de la ciudadanía es que no sabe realmente “dónde van sus impuestos y en qué proporción le benefician directamente”.
Esa situación de pagar impuestos, tiene una serie de connotaciones especiales aquí y en todas partes, pues dependiendo de la objetividad con la que se manejen esos recursos, la comunidad es más o menos perceptible del beneficio que recibe por la recaudación de impuestos.
El asunto cobra mayor importancia cuando las estadísticas demuestran claramente que el universo de contribuyentes formales o mejor legalmente establecidos, es mínimo frente al conglomerado de ciudadanos que trabajan en la informalidad, evaden impuestos en su generalidad y “reciben” indirectamente los beneficios que el Estado dispone en obras financiadas por los impuestos.
No sucede lo mismo en otros países, exagerando el ejemplo, caso de EE.UU. donde todos pagan en relación a lo que perciben, donde no es posible eludir la obligación tributaria, pero donde inclusive si por error hubiese pagado demás, el sistema le devuelve honradamente la diferencia y en materia de servicios y beneficios, el crecimiento es innegable. Algo parecido sucede en otros países e incluso en los vecinos nuestros, donde la contribución tributaria es obligada, pero generalizada y adecuada a la realidad económica de los contribuyentes.
En nuestro medio y debido a factores adversos, incluyendo aquellos que tienen que ver con aplicación de ciertas normas, por ejemplo en impuestos municipales que no siempre son “regulares” o aquellos que se aplican radicalmente en el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), pero no ajustados a la proporcionalidad de los tributantes y su real y efectivo movimiento financiero, es que se produce un rechazo colectivo propio de la idiosincrasia popular de evitar el pago de contribuciones impositivas.
Se suman a esos hechos, la incultura e indisciplina tributaria que son parte de inadecuadas campañas de orientación ciudadana y la muestra objetiva de los beneficios colaterales que pueden mostrarse profusamente, en pos de alentar el espíritu y la buena voluntad contributiva de los pagadores de impuestos.
Sin embargo un denominador común en la ciudadanía tiene observaciones puntuales con el “sistema impositivo” y es que los regímenes que sirven para registrar contribuyentes no toman en cuenta el verdadero perfil del cliente, su capital en giro y la proporción de un comercio, mimetizado en el puesto artesanal de feria, que apenas es parte de un coloso depósito de mercadería, y este tipo de comerciante está en el Régimen Simplificado, en tanto que el comerciante o industrial legalmente establecido y por fuerza registrado en el Régimen General está sujeto a pagar impuestos sí o sí, bajo pena de multas o clausura de local por incumplir obligaciones.
Con esas características se desenvuelven nuestras organizaciones recaudadoras de impuestos, en el Municipio vale más cobrar un derecho de “sitio” que multiplicado por miles de informales es altamente rendidor o en el caso del SIN, que de buenas o malas cobra los impuestos a los pocos registrados y mantiene en “lista de espera”, no se sabe hasta cuándo, a un ejército de evasores, formalmente activos de la informalidad.
Fuente: LA PATRIA
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