Loading...
Invitado


Miercoles 04 de marzo de 2015

Portada Principal
Suplemento Policial

PERMANENCIA LABORAL EN LOS CARGOS Y PUESTOS EN LA POLICÍA BOLIVIANA

04 mar 2015

Por: Cnl. DESP. René Martín Rojas Rojas

En la Policía Boliviana la permanencia laboral en los cargos o puestos de sus efectivos, tiene connotaciones singulares que se podrían describir de la siguiente manera:

En aplicación del Reglamento Interno de Personal, la Policía Boliviana mediante la Dirección Nacional del Personal y su Departamento Nacional de Movimiento de Personal, dispone la movilidad del personal entre todos los Comandos Departamentales, las Direcciones Departamentales Especializadas, además de las Unidades Operativas y Administrativas. Si bien la administración de personal está sujeta a procesos y procedimientos de orden operativo, lo que no se debe perder de vista es la “productividad de la movilidad de personal”, precisamente este aspecto se muestra como una debilidad institucional de la Policía Boliviana, pues la “alta rotación o cambio de destino” como se conoce, promueve en muchos casos en el recurso humano policial una posición cómoda de solo cumplir su servicio, hacer uso del día u horas de descanso y el cobro de su remuneración, limitando la prestación de servicio a una rutina de cumplimiento de instrucciones u órdenes esporádicas y sin objetivos de una verdadera gestión, además de un desmedro de su desarrollo profesional.

En la Policía Boliviana se realiza una “alta rotación del personal”, sin visualizar un criterio de “productividad” para evitar la “obsolescencia”, que son dos conceptos rectores de la movilidad de personal, por consiguiente y como resultado, todo esfuerzo individual del servidor público policial se trunca ante la falta de apoyo institucional, que por norma es la responsable de formular y ejecutar políticas de gestión para el “desarrollo del talento humano”, que en la teoría moderna de Administración de Personal es la tendencia que básicamente consiste en fomentar áreas de fortaleza técnico/profesional, permitiendo por una parte una permanencia en los cargos o puestos por un tiempo prudente para permitir hacer gestión, evitando los “cambios de destino frecuentes y en tiempos muy reducidos”, y por otra parte, evitando la “obsolescencia al no permitir al funcionario la permanencia prolongada en el cargo”, dada las características propias de las funciones policiales.

Por tanto, se hace urgente el desempeño en un puesto o cargo por un tiempo prudente no menor a un año ni más de cinco, pues estos propósitos responden inclusive a talentos que salen de un área de formación académica y se sustentan en una habilidad personal, donde obviamente la producción será óptima y satisfactoria para la institución policial.

Estos hechos son muy importantes a tomar en cuenta en la Policía Boliviana, a manera de incentivar y motivar el desempeño laboral, además de considerar que se hace urgente el desempeño por especialidades policiales, porque la inversión económica que realiza el Estado y la misma Institución en los procesos de capacitación y especialización del policía, deben ser recuperados mediante productos que espera la sociedad como lo son fundamentalmente la seguridad ciudadana y la prestación de servicios con calidad y calidez adecuados.

“Los cargos y puestos de los policías deben estar asociados a su habilidad y conformidad, de manera que puedan contribuir positivamente a la gestión institucional, con competitividad, calidad y calidez reconocida”

* COMPONENTE DE LA PROMOCIÓN 1984 DE LA ANAPOL

Para tus amigos: