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Domingo 25 de enero de 2015

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Revista Dominical

Cementerio de la Sociedad Yugoslava de Socorros Mutuos

25 ene 2015

Marlene Durán Zuleta - Poeta, escritora, compositora e investigadora de la cultura orureña

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Hablar de muerte, viaje sin retorno es fuente de inspiración para los poetas, pintores, músicos e investigación para los antropólogos. Sin embargo, hay desánimo a la hora de atravesar instantes funerarios, cuando los cuerpos retornan a la última morada, usualmente suele ser que las visitas a estos lugares sagrados motivan a meditar y valorar la vida, como obsequio del Supremo Creador. Finalmente el camposanto es reserva de todos.

El deceso del señor Doymo Ostoich (1876-1912), a la edad de 37 años, fue sentida por la comunidad orureña, fundador de la Compañía Slava de Bomberos No. 3, Bomba Dalmacia de Oruro y de la Sociedad Slava de Socorros Mutuos de Antofagasta.

El Cementerio Croata de Socorros Mutuos, es espacio de arte y silencio, encontramos hornacinas clasificadas, numeradas, en orden para adultos y párvulos. En la parte de un pequeño corredor, seis mausoleos, revelan que las mejores manos de artesanos han esculpido con estilo e inagotable paciencia, algunos de ellos cuentan con espacios subterráneos, por la cantidad de párvulos fallecidos (en época de epidemia, los infantes eran los más vulnerables).

Edificaron Capillas familiares:

1918: Marcos Pavicic y Flía.

1919: Obitech Restovic.

1919: Juane F. Sabioncello y Flía. (que en su interior reza: Dedico este recuerdo a mis hijos).

1920: Vcic Jerónimo Yelincic-Bárbara de la Puente.

1920: Antonio Dubravcic.

1925: Jorge Jankovic.

1951: Un monumento mortuorio (bóveda subterránea) señala: I. Vladislavic y Familia, en memoria de mi hijo Iván.

Una de las capillas tiene finamente trabajada en hojalata – un crucifijo con flores amarillas de excelente acabado-, un cuadro de Jesús bajando de la cruz, sostenido por San Francisco de Asís, es elemento evidente que marca y trasciende, el símbolo de fe y el sentido que la muerte libera, despoja del cuerpo para que el espíritu ascienda sin temor. Estos detalles en uno de estos mausoleos, muestra su ratificación y resignación que la vida es efímera y que la muerte es la otra vida eterna. El cementerio ha sido edificado en forma de U, es decir alrededor están las hornacinas, a pesar de los avatares, la migración ha mantenido su cultura y las referencias visibles muestran exactamente este espacio sagrado. Sus descendientes han hilado la memoria para conservar en el tiempo a sus ascendientes, acogidos en la tierra, dormidos con la certeza de la resurrección.

En esta explanada, se encuentran hornacinas grandes laterales, pequeñas para párvulos, vacíos y sepultados. Existe un espacio que sirve de capilla abierta para la celebración de misas.

A tiempo de describir este lugar místico de vida y muerte, considero que es necesario desentrañar la presencia masiva de estos extranjeros que se asomaron a nuestro Oruro y se quedaron para siempre. Recorriendo la historia con datos primarios reconocemos, los diferentes cambios de nombre que surgieron a partir del “Testimonio de la Escritura No. 107, del 27 de noviembre de 1917, siendo la Sociedad Slava Mercantil de Socorros Mutuos, representada por los señores Antonio Harasic y Domingo Garafulic, Presidente y Secretario respectivamente, solicitan la concesión gratuita de un lote de terreno, otorgado por el Honorable Concejo Municipal”.

La Comisión de Beneficencia, informa al Ayuntamiento sobre la concesión solicitada, notificando al Notario Municipal Enrique López emita la Minuta para registrar en las escrituras públicas como sigue: “Primera: Leoncio Suaznábar y Agustín Prudencio, Presidente y Secretario respectivamente del Honorable Concejo Municipal, y en ejecución del acuerdo, cedemos y traspasamos a perpetuidad en condiciones gratuitas un mil metros cuadrados de terreno (veinticinco metros por cuarenta metros), ubicado hacia el sur del Cementerio Laico, a favor de la Sociedad Slava Mercantil de Socorros Mutuos de esta ciudad”.

Después de casi un año, corría un veintidós de octubre de mil novecientos dieciocho, el aval del “Testimonio de Escritura No. 717, siendo Notario de 1ª. Clase José L. Baldivieso”, motiva a rubricar el compromiso de entrega de parte de la Alcaldía un terreno de “mil metros, otorgado al señor Alfonso Rosazza, bajo la garantía de los señores Juan Inocencio y Mariano Bojanic, a favor de la Sociedad Slava Mercantil de Socorros Mutuos, que posteriormente se denominaría: Cementerio de la Sociedad Yugoslava de Socorros Mutuos”. Consta un documento, contrato privado entre los señores Antonio Harasic Presidente de la Sociedad Slava Mercantil de Socorros Mutuos y el señor Alfonso Rosazza contratista comprometido a construir el “Cementerio Slavo”, por la suma de Bolivianos Diez y ocho mil trescientos cuarenta y un bolivianos, lamentablemente no honró su palabra ni su firma, la falta de dinero, significó extenderle un aumento de dos mil seiscientos cincuenta y nueve bolivianos, con la garantía del señor Juan Inocencio que solidaria y mancomunadamente respondería al acuerdo con la entrega de sus bienes si fuese al extremo del incumplimiento.

El año 1937, Editorial Noticias, imprime un Reglamento Interno del Cementerio de la Sociedad Yugoslava de Socorros Mutuos con 12 incisos que señalan:

1. Todo socio activo, jubilado, honorario o cooperador que sea de nacionalidad yugoslava, y que esté con sus cuotas pagadas al día y demás obligaciones que prescriben los estatutos de la Sociedad, será sepultado en el Cementerio de la Sociedad, corriendo los gastos funerarios por cuenta de la Institución, no pudiendo exceder más de Bs. 600.- La determinada suma se designa siempre que los deudos del socio fallecido la soliciten en el término de quince días.

2. El socio tendrá derecho a la sepultura en dos nichos del Cementerio de la Sociedad, a sus familiares que a continuación se indican, corriendo en este caso los gastos del entierro por cuenta de éste, pagando además un derecho de Bs. 200,- por nicho grande y por el nicho chico Bs.100-, siempre que el deudo esté en condiciones de sufragar este pago. a) Al padre mayor de 60 años, b) A la madre. c) a su legítima esposa, d) A sus hijos legítimos menores de 18 años, e) A sus hijas legítimas, hermanas solteras y primas hasta primer grado de parentesco; siempre que no tuviesen otros familiares más cercanos y que podrían haber sido miembros de la Sociedad, f) La viuda e hijos legítimos menores de 18 años.

3. Para que el socio tenga derecho a los privilegios que le otorga la Sociedad, es necesario que haya permanecido en ella tal durante seis meses y pagado sus cuotas puntualmente. En caso de que fallezca antes de permanecer seis meses en la Institución, deberá pagar la cuota extra de Bs. 500.- para el nicho grande y para el chico Bs. 250.-

4) Todo yugoslavo que no es socio y que su situación le permita serlo, en caso de muerte sus familiares podrán solicitar el nicho para depositar sus restos previo pago de Bs. 2.000, por el nicho grande y Bs.1.000 por el chico, con la debida autorización del Directorio.

5) El socio que desea construir su propio Mausoleo dentro del Cementerio de la Sociedad, se le concederá el terreno estrictamente necesario al precio de Bs. 2.000, no pudiendo el espacio exceder de 3 x 4 metros. El solicitante podrá construir el Mausoleo, previa aprobación del plano, en el término de un año de la fecha de la concesión. Estando en construcción dentro del año podrá solicitar la prórroga por un año más, caso contrario, el Directorio podrá anular la concesión devolviendo el importe que hubiese pagado. Estos Mausoleos serán exclusivamente para los miembros de sus familias, no pudiendo ser enterradas personas ajenas a su familia, salvo que sean socios de la Institución. El terreno no construido es intransferible. El Mausoleo en construcción o terminado se podrá transferir solamente a otro socio y previa autorización del Directorio.

6) El yugoslavo o yugoslava que no habiendo transcurrido tres meses de su llegada a esta ciudad y falleciese sin estar al amparo de la Sociedad, haya manifestado a sus deudos el deseo de ser sepultada en el cementerio de la Institución, se le concederá mediante pago previo, por lo menos Bs. 500.-. Cuando el fallecimiento ocurriese después de los tres meses de su llegada, dicho pago deberá ser de Bs. 800.- Pasando un año de su permanencia, este pago deberá ser de 2.000.-, conforme al artículo cuarto del presente reglamento, estos pagos se harán al contado y anticipadamente.

7. Para traslado de algún deudo del socio, de cualquier Cementerio al de la Sociedad, se le permitirá previo abono de Bs. 1.000.- para los adultos y Bs. 500 para los párvulos.

8. Si una persona debidamente autorizada quisiera retirar los restos de algún pariente o amigo, correrán los gastos y trámites que se deben verificar por cuenta del interesado.

9. Cuando un yugoslavo o yugoslava, transeúnte y de buena conducta fallezca en esta ciudad y su estado de pobreza no permita a sus deudos o amigos hacer a la Sociedad el pago previsto en otros artículos, que representa siquiera el valor del nicho, se le dará sepultura en el Cementerio de la sociedad gratuitamente, más los gastos funerarios siempre que el Directorio conceda esta gracia.

10. Asimismo, podrán ser sepultados en el Cementerio de la Sociedad, el médico ad-honorem, en servicio activo, y de los socios honorarios, de otras nacionalidades, sin pago alguno por nicho.

11. Los nichos serán ocupados estrictamente por orden numérico, no pudiendo nadie alegar preferencias.

12. Cualquier otro caso que se presentase y no esté previsto en el presente Reglamento, será resuelto por el Directorio”.

Rige desde el 17 de octubre de 1937, aprobado por la Junta General Extraordinaria.

El Reglamento considera nuevas construcciones a partir de su aprobación en 1937. Las capillas familiares datan desde 1918, posterior a su aceptación no se construyó ni una sola edificación más.

El Cementerio Croata, próximo a cumplir el centenario de su concesión, ofrece un espacio apacible, un jardín cultivado e inmensos árboles que brindan un gesto de armonía.

Sería importante que a partir de la Dirección de Patrimonio y Turismo, se consolide para que el Cementerio Croata sea declarado Patrimonio Cultural e Histórico del Departamento de Oruro.

Fuentes

Gonzalo Nigoevic

Diario orureño “El Día” 1912

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