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Viernes 28 de noviembre de 2014

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Viernes 28 de noviembre de 2014
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Segip secuestra licencias de conducir falsas en autoescuela
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Nuevo Código de Familia será aplicado a divorcios sin sentencia
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Cotidianamente se vulneran los derechos ciudadanos
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El “zingani” registrado como chileno
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Igualdades que matan
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A pocos días de su conclusión
Elecciones subnacionales: Persiste ausentismo en empadronamiento
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Alza de precio del seguro motivó bloqueo de choferes asalariados
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Padres que abandonaron a sus hijos podrían perder autoridad paterna
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Urquidi entrega testimonios a vecinos de 3 urbanizaciones
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Con cooperación coreana
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Invitación Religiosa
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Bolivia - Nacional

Nuevo Código de Familia será aplicado a divorcios sin sentencia

28 nov 2014

Fuente: La Paz, 27 (ANF).-

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Los procesos de divorcio que actualmente no tengan un fallo del juez familiar, deberán acogerse al nuevo procedimiento procesal establecido en el Código de Familias, promulgado el pasado 19 de noviembre, y que establece un tiempo de tres meses para la disolución del conflicto.

La diputada Marianela Paco (MAS), proyectista de esta norma, explicó que el objetivo de esta adecuación, es evitar que los procesos de divorcio se resuelvan en largos plazos, como habitualmente se vive en los juzgados, sino que sean procesos ágiles y sin dañar la dignidad de las partes.

“Tienen esa aplicación no retroactiva sino inmediata, que es diferente, porque no va a ir al inicio del proceso sino aquel que está en trámite cuando tiene que resolverse, entonces para resolverse tiene que considerarse estos criterios que ya están dentro del Código de Familias. Entra aquello que todavía no está con un fallo definitivo”, explicó Paco a la ANF.

El Código de Familias, en el caso de divorcio judicial, establece que una vez que se presente la demanda de desvinculación, aunque la parte demandada no conteste ésta, la autoridad judicial, en el plazo de tres meses, emplazará a las partes a comparecer a fin de ratificar o desistir de la petición de divorcio. De continuar, debe fijar día y hora de audiencia para atender el trámite.

En caso de que exista un acuerdo mutuo de ambas partes, podrán optar por renunciar al término de los tres meses y solicitar a la autoridad judicial que fije día y hora de la audiencia para resolver el trámite de divorcio.

En lo referido a la desvinculación de la unión libre por acuerdo de partes o voluntad de una de ellas, se puede ir a la vía notarial siempre y cuando haya acuerdo mutuo y no existan hijos que sean mayores a los 25 años de edad, esto en conformidad a la Ley de Notariado.

Estos procesos judiciales de primera y segunda instancia, además de ejecución de fallos, ya están en vigencia, en tanto que la totalidad de la norma lo estará a plenitud recién desde el 6 de agosto de 2015, según establece la disposición transitoria primera del Código.

Otros procesos que también entran en vigencia son los referidos al régimen de asistencia familiar y disposiciones conexas; de divorcio y desvinculación conyugal; de nulidad procesal; la excusa y recusación; las medidas cautelares; actos de comunicación y señalamiento de domicilio procesal y los plazos procesales y su cómputo.

Fuente: La Paz, 27 (ANF).-
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