¿La privación de libertad? es sanción o prevención...
01 mar 2010
Por: Ana María Delgado Mamani
Estimado(a) lector(a):
Leemos, observamos, escuchamos o vivimos en carne propia, casos de hombres o mujeres que cometieron asesinatos, robos, intentos de suicido u otros delitos. Las leyes como el Código Penal, Código de Procedimiento Penal y otras leyes de carácter punitivo o sancionatorias, de manera vertical aplican las normas tal cual mencionan los artículos dé las leyes.
El caso de una mujer que asesinó a sus hijos de cuatro, tres, dos y un bebé de siete meses gestación, suscitado el año pasado y que ahora guarda detención en la cárcel pública de nuestra ciudad. Debe llamamos la atención; preguntarnos cuáles fueron las causas que le incitaron a cometer dicho acto, que no es permitido en nuestra sociedad, ya que nadie puede quitar la vida a un ser humano.
Según lo indagado esta madre asesinó a sus hijos y luego trató de suicidarse. Ella se encontraba muy deprimida y humillada por su esposo, quien le negó apoyo económico y moral cuando fue a solicitar ayuda para sus hijos. Su esposo ya convivía con otra mujer.
El caso está en proceso de investigación a cargo de la Fiscalía de nuestra ciudad. Ahora según la normativa vigente las leyes, el crimen que esta mujer cometió tiene una sanción de treinta años de reclusión.
Cree usted, que la privación de libertad de esta mujer, quien sólo tiene 21 años de edad y que está psicológicamente afectada, pero muy arrepentida por lo sucedido, hará que cambie su actitud, recupere a sus hijos o podrá retroceder en el tiempo, por supuesto que no.
El ambiente en que se encuentra y la convivencia con los demás reclusos o reclusas, la impregnará de hábitos, conductas, modo de vida, los que con el transcurso del tiempo la transformará en otra persona.
Esto debe llamamos la atención, todas las personas privadas de libertad, según el grado de hecho, deben ser evaluadas con profesionalismo por parte de las autoridades competentes.
Observamos una cárcel pública hacinada, deteriorada en su infraestructura, personas privadas de libertad que no pueden alimentarse correctamente, no gozan de buena salud, etcétera, aspectos que la población no conoce, porque no denuncian las anormalidades debido a su encierro. Nadie puede juzgar el por qué él o ella cometió alguno de estos hechos, ya sea inducido por otras personas o por enfermedades psicopatológicas internas.
Le pido a usted apreciado ciudadano o ciudadana, según su criterio, exigir y demandar políticas para una adecuada y correcta reorganización del Penal .Ya que en su interior conviven niños y niñas, qué por circunstancias de la vida habitan con sus padres en el reclusorio.
Las autoridades gubernamentales deben modernizar las condiciones de nuestro penal, adecuándolo o rescatando los ejemplos de otros países, que cuentan con un sistema carcelario moderno.
Concluyendo terminaré con una frase que dice: “Educad a los niños para que no sea necesario sancionar a los hombres”.
(*) Profesora
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