Martes 02 de septiembre de 2014
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Editorial y opiniones
El acoso sexual que decanta en feminicidio
02 sep 2014
Por: Raúl Pino-Ichazo T.
El acoso según el diccionario es perseguir sin dar tregua en su primera acepción, siendo la segunda importunar y fatigar con molestias y trabajos. Su origen en latín deviene del verbo insector y del adjetivo insectator que significan seguir y perseguir encarnizadamente. El acosador asume una actitud agresiva, violenta o alarmante con el fin de incomodar, agraviar o amedrentar a una persona, que busca decantar en una agresión sexual. Nótese que los verbos amedrentar, incomodar y agraviar producen, en su ejercicio continuo, la disminución de la estima personal y las fortalezas del recipiente, lo que el acosador aprovecha al bajar la guardia por el desgaste psicológico que sufre la víctima.
Si a este contexto añadimos el poder que puede disponer el acosador en el trabajo, califica la acción como delito con inequívoco contenido de intencionalidad y premeditación que hace que pueda calificarse como consumado, intentado o frustrado. Muy susceptible a alcanzar otro grado de delito que es el feminicidio.
Los acosadores que pueden ser mujeres y hombres realizan una persecución de su objetivo con característica obsesiva, que es la idea o preocupación fija que no se aleja de la mente y domina a la persona, añadiendo además cuando disponen de poder la carga de trabajos con la visión de importunar y debilitar las fortalezas de la persona acosada. El acoso en el trabajo no hay que confundirlo con el sabotaje que es una acción de voluntad con el objetivo de debilitar al compañero de trabajo mediante la obstrucción, subversión o la ocultación de la verdad. Este ilícito está debidamente aclarado como sanción penal.