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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 Defensa animal, ley controversial - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
Como consecuencia de una serie de hechos que preocupan a la ciudadanía y a las autoridades por las connotaciones que tiene el crecimiento descontrolado de canes vagabundos, la presencia de jaurías peligrosas en barrios de la ciudad, la peligrosa transmisión de rabia canina y la difícil tarea de controlar a esa población de canes sin dueño, obliga a pensar en soluciones urgentes.
A propósito del tema, se conoce del trabajo que se cumple en la Asamblea Legislativa, considerando el proyecto de ley general para la Defensa de los Animales que consigna una serie de elementos especiales, pero que en su régimen de sanciones ha creado discrepancias entre dirigentes de organizaciones defensoras de animales en nuestra ciudad que consideran mínima una sanción de seis años de cárcel para personas culpables del sacrificio de animales, piden sanciones mayores que sean ejemplarizadoras.
En realidad, la posición de la entidad defensora de animales tiene mayor relación con el caso de la población perruna, pues la misma está ocasionando una serie de problemas a la comunidad por el peligro que entraña la masiva presencia de canes callejeros que atacan principalmente a niños y personas de la tercera edad, con serios daños en muchos casos irreparables.
Se hace defensa de las “mascotas” y es una posición justa, pues no es regular que los animales que están al cuidado de amos sean objeto de maltrato o daño de sus amos o ajenos, pero en este caso el cuidado directo representa también una obligación particular para evitar que la mascota sea un peligro en una casa o en un vecindario, ahí está el deber de criar mascotas y cuidarlas.
Hay otras circunstancias especiales, que seguramente estarán incluidas en la ley de defensa de animales, por ejemplo el caso de especies en extinción, el caso del quirquincho como referencia de un animalito propio de nuestro hábitat o el sacrificio de las altivas llamas u ovejas, con fines rituales y en presencia inclusive de altas autoridades que admiten la muerte directa de esas víctimas pasivas e indefensas de las tradiciones terrenales. Nadie sanciona a los culpables de esos rituales de sangre animal.
Para los observadores de estas situaciones, el caso de las jaurías perrunas significa realmente un latente peligro que no puede admitirse, pues no se trata de mascotas, sino de perros sin dueño y cuya multiplicación puede disminuirse con la esterilización que proponen sus defensores, pero se trata de una “misión casi imposible”, dada la enorme cantidad y dispersión de los peligrosos perros vagabundos, por lo mismo es que ni las secciones especializadas de las alcaldías y posiblemente ninguna institución puedan comprometerse a controlar ese crecimiento desmedido, valga la redundancia, de perros sin dueño.
El municipio de El Alto anuncia el control de mascotas mediante un chip insertado en la anatomía del animal o su control mediante un collar especial, en ambos casos con un registro de identificación del dueño para fines de control y responsabilidades consiguientes, pero esos pequeños instrumentos no son gratuitos y si se trata de más de una mascota, la cuenta resultará salada. En todo caso, tampoco disminuirá la creciente población de canes vagabundos, que en realidad son los peligrosos.
El asunto es realmente delicado y si se trata de querer controlarlo mediante la aprobación de una ley ya aprobada “en grande”, deberá considerar una serie de observaciones sobre lo que significa “maltrato a los animales” pero en su generalidad y abriendo necesariamente el capítulo que corresponda a la especie perruna cuya peligrosa y descontrolada multiplicación es problema en todos los departamentos del país, por lo mismo es un peligro público.
Fuente: LA PATRIA
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