Gobierno fija tasa de interés para créditos productivos
10 jul 2014
Fuente: La Paz, 9 (ANF).-
El Gobierno estableció a través del Decreto Supremo 2055 que las entidades financieras deberán cobrar una tasa de interés anual máxima destinada al sector productivo para la microempresa del 11,50 por ciento, para la pequeña empresa del 7 por ciento y para la grande y mediana empresa del 6 por ciento.
“Los créditos para empresas grandes y medianas de créditos productivos van a ser del 6 por ciento en moneda nacional, para las empresas pequeñas 7 por ciento y para las microempresas 11,5 por ciento”, mencionó el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce.
Mencionó que existe la posibilidad de que los créditos anteriores a esta nueva normativa puedan ser negociados entre los clientes y las entidades financieras. También señaló que el decreto entra en vigencia una vez que sea publicada en la gaceta.
La autoridad dijo que la regulación establecida representa una disminución sustancial, porque para el microcrédito las entidades financieras estaban cobrando una tasa entre 18 por ciento y 22 por ciento y con la norma se fija un máximo de 11,5 por ciento: “Estas son las tasas máximas a las cuales pueden acceder (a) un crédito productivo”.
“Los medianos y pequeños acceden a tasas de 11,7 por ciento en el sistema (financiero) y ahora se fija el 7 por ciento, y el crédito empresarial, ellos generan inclusive tasas entre 5,5 por ciento y 6,4 por ciento y estamos estableciendo el 6 por ciento para la gran empresa”, insistió.
Según datos extraídos de la web del Banco Central de Bolivia (BCB) al 2 de julio de este año, el Banco Mercantil Santa Cruz (BMSC) es el único banco comercial que cobra una tasa menor al 11,50 por ciento, que es de 11,05 por ciento, por un microcrédito en moneda nacional. A nivel de cooperativas, San Antonio cobra una tasa del 10,47 por ciento.
Respecto a un crédito empresarial en moneda nacional en bancos comerciales, el BMSC cobra una tasa del 4,53 por ciento, BISA del 5,84 por ciento y Ganadero del 5,67 por ciento, mientras que las demás entidades cobran intereses por encima de lo que está establecido en el decreto 2055.
“Las tasas de interés activas anuales máximas no incluyen el costo de seguros, formularios ni ningún otro recargo, los cuales, en todos los casos estarán sujetos a reglamentación de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero- ASFI”, señala el parágrafo II del artículo 5 del decreto 2055.
El ministro Arce explicó que la tasa de interés establecido para el microcrédito se debe a que el costo de administración de estos créditos requiere de varios oficiales de créditos para que sean supervisados mientras que para un préstamo para grandes empresas se requiere un oficial. También indicó que la norma tardó en ser emitida porque fue discutida con los representantes de las entidades financieras, microempresarios y productores de varios sectores.
Luis Arce acotó que el sector de turismo también está incluido dentro del crédito productivo. “Van a poder beneficiarse las empresas turísticas para la infraestructura para todas esas grandes inversiones”, dijo Arce e indicó que éstas no van a pagar tasas “elevadas”.
Fuente: La Paz, 9 (ANF).-
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