Objeción chilena a La Haya “suspende” proceso marítimo
09 jul 2014
Fuente: La Paz, 8 (ANF).-
¿Fotos en alta resolución?, cámbiate a Premium...
El anuncio del gobierno de Chile de presentar una excepción preliminar que objete la competencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya para que aborde la demanda marítima boliviana suspenderá temporalmente este proceso y, además, instaurará un “minijuicio” al interior del Tribunal para resolver la causa chilena, de acuerdo con la explicación del canciller de Chile, Heraldo Muñoz, y el analista boliviano Hugo Siles.
El próximo 15 de julio vence el plazo de tres meses, tras la presentación de la memoria boliviana (el 15 de abril de 2014), para que el gobierno de Chile presente esta excepción preliminar.
Según la Cancillería de Chile, con esta excepción preliminar, el proceso propiamente tal se “suspende” y comienza una suerte de “minijuicio” que duraría alrededor de un año y medio, en el que Bolivia tendrá su tiempo para responder a esta impugnación y luego vendrán alegatos orales frente a los jueces de la Corte, reportó radio Cooperativa de Chile.
“Eso puede demorar un año o un año y medio, de modo que se suspende el proceso propiamente tal hasta que la Corte decida respecto a estas objeciones preliminares”, explicó el canciller Heraldo Muñoz.
En esa línea, el analista Hugo Siles indicó que con la objeción chilena, justamente, se abre una especie de “minijuicio” que podría durar al menos dos años, tiempo que se deberá sumar a los otros años que durará el proceso marítimo como tal.
“Esto recién comienza, un proceso de litigio de más de 130 años, necesariamente podrá resolverse en los próximos cinco o seis años, ese es el horizonte que vemos, siempre y cuando mantengamos nuestra posición firme, nuestra base de consenso y de política del Estado”, señaló Siles, de acuerdo a un reporte de Cadena A.
El Presidente Evo Morales, que rechazó este martes la decisión del vecino país de impugnar la competencia de la CIJ, corroboró que la objeción chilena se presentará a través de “excepciones preliminares” que cuestionan la jurisdicción del máximo Tribunal de Naciones Unidas.
REGLAMENTO
El Reglamento de la Corte Internacional de Justicia, adoptado el 14 de abril de 1978 y que entró en vigor el 1 de julio de 1978, establece en su artículo 79 parágrafo 5, que al recibo del escrito planteando la “excepción preliminar” se “suspenderá” el procedimiento sobre el fondo del proceso.
“Al recibo por la Secretaría de la Corte del escrito planteando la excepción preliminar se suspenderá el procedimiento sobre el fondo y la Corte, o si no estuviese reunida el Presidente, fijará un plazo dentro del cual la otra parte podrá presentar una excepción escrita con sus observaciones y conclusiones; se acompañarán los documentos en apoyo y se indicarán los medios de prueba que se proponga producir”, señala el parágrafo 5.
Bolivia, a través de la demanda marítima, busca que la CIJ obligue a Chile a negociar con Bolivia una salida soberana al océano Pacífico. La misma no se basa en el Tratado de 1904, sino en los derechos expectaticios que se generaron a lo largo de los años de parte de Chile al haberse comprometido, en varias oportunidades, a lograr un acuerdo con Bolivia para solucionar el conflicto.
De acuerdo al expresidente Carlos Mesa, objetar la competencia de la Corte o la admisibilidad de la demanda, es no atreverse a encarar el fondo de la demanda. “La excepción de incompetencia presentada por Chile no nos preocupa. La argumentación de Bolivia es sólida”, dijo a través de su cuenta de Twitter.
Fuente: La Paz, 8 (ANF).-
Para tus amigos:
¡Oferta!
Solicita tu membresía Premium y disfruta estos beneficios adicionales:
- Edición diaria disponible desde las 5:00 am.
- Periódico del día en PDF descargable.
- Fotografías en alta resolución.
- Acceso a ediciones pasadas digitales desde 2010.