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Viernes 23 de mayo de 2014

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Perspectiva Minera

ENFOQUE:

Ley de consulta previa

23 may 2014

Fuente: LA PATRIA

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Se entregó días atrás en acto especial al Primer Mandatario para que ésta autoridad transfiera al Poder Legislativo, el anteproyecto de la Ley de Consulta Previa, Libre e Informada, un complemento específico para viabilizar en todos los casos que fuesen necesarios, la autorización de los sectores originarios, indígenas y campesinos cuando deban realizarse trabajos exploratorios para determinar la existencia de yacimientos hidrocarburíferos o minerales en áreas del sector rural.

Se mencionó que la elaboración del proyecto es resultado del trabajo en el que participaron más de 4.000 representantes de organizaciones de base del sector originario y campesinos, algunas ONG,s y personeros de ocho ministerios que trabajaron año y medio en consensuar un documento que ahora será analizado en la Asamblea Legislativa.

Cuando se habla de la “consulta previa”, se entiende que si bien la Carta Magna especifica que los pueblos originarios deben ser consultados mediante procedimientos apropiados cuando exista la necesidad de encarar proyectos susceptibles de afectar su territorio y modo de vida, en el caso presente al que nos referimos, con la exploración y explotación de recursos naturales no renovables se espera asimismo llegar a un entendimiento para no alterar las condiciones de hábitat en determinadas comunidades.

A propósito del tema el propio Mandatario de la Nación, que ya en otras ocasiones expresó su punto de vista sobre el particular, reiteró en el acto de recepción del anteproyecto que “es necesario no solo que el Legislativo apruebe cuanto antes la norma, sino también que los procesos de consulta sean igualmente expeditos, dado que de no ser así los proyecto de desarrollo particularmente en infraestructura y explotación de recursos naturales, podrían verse postergados”.

Esa aclaración oportuna recuerda algunos problemas que se presentaron tiempo atrás con la oposición al desarrollo de tareas exploratorias de pozos petrolíferos en algunas comunidades del sector oriental, que evidentemente retrasaron actividades importantes, ya planificadas y respaldadas con buen financiamiento que posteriormente dieron resultados positivos para su desarrollo.

Recientemente dirigentes del sector minero empresarial minero privado, tocaron el tema de la “consulta previa”, explicando que existen muchas trabas para encarar nuevos proyectos, añadiendo que como reacción de los sectores originarios se producen los avasallamientos con serios daños a la propiedad privada y la economía y seguridad de inversionistas.

Dadas esas condiciones se hace necesario que los legisladores tomen en cuenta una serie de hechos que se han producido en el proceso de cumplir las recomendaciones de la consulta previa, pese a que las definiciones no tienen “carácter vinculante” representan un perjuicio en el desarrollo de proyectos que entre otras cosas son de beneficio colectivo, entendiendo que la misma CPE, establece que los recursos naturales son propiedad de los bolivianos, por lo mismo que su explotación racional, es un derecho de la comunidad boliviana.

Trabajo delicado que merece alta responsabilidad para responder a expectativa de los comunarios pero al mismo tiempo de responder a las necesidades de encarar proyectos cuya viabilidad es objetiva en provecho colectivo.

Fuente: LA PATRIA
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