Ley de restricción horaria para fiestas de menores será reglamentada
17 may 2014
Fuente: LA PATRIA
Tras la aprobación y promulgación de la Ley Municipal 06 de Regulación Horaria para Fiestas que Involucren la Participación de Niñas, Niños y Adolescentes, el ejecutivo municipal prepara el trabajo de elaboración de la reglamentación desde la Dirección de Desarrollo Organizacional, además de operativos que socialicen la norma para cumplir con los horarios establecidos en la norma.
La alcaldesa Rossío Pimentel, ayer explicó que tras recibir la ley sancionada por el Concejo Municipal y tras una revisión a esta se promulgó conforme establecen los plazos, y que ahora se trabaja en el tema de la reglamentación para su aplicación.
“En el ámbito de Desarrollo Humano y como gestión del Concejo se pueda normar las fiestas de 15 años, me parece importante en su caso, también cumpliendo los tiempos se trabajará en la reglamentación, pero cumpliendo con la Ley vamos a desarrollar operativos coordinados con la Policía para hacer notificaciones sobre todo a los locales donde se desarrollan las fiestas para que los contratos que se desarrollen cumplan lo que enmarca la Ley”, indicó la burgomaestre.
Dijo que estos trabajos se desarrollarán con el fin de socializar la norma y evitar el tema de las sanciones, buscando sobre todo un cambio de actitud de la ciudadanía, los padres de familia y los adolescentes.
La norma determina que las actividades sociales para la niñez y adolescencia pueden iniciar a las 09:00 horas y deben concluir como máximo a las 22:00 horas, esto será controlado por unidades del Municipio, además de la Policía y el Ministerio Público, con el apoyo de los vecinos y la sociedad en su conjunto.
Para las actividades sociales que se desarrollen dentro de infraestructuras educativas se estableció que el horario de finalización de estas actividades es de 20:00 horas, y solo se otorga el permiso para tres actividades una de aniversario, otra del día del estudiante y la de promoción.
Asimismo, se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en este tipo de actividades para los menores de edad y los adultos que acompañen las mismas, esto en cumplimiento de la Ley 259 (de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas), además se prohíbe usar imágenes o voces de menores que inciten de manera directa o indirecta a actos sexuales en la publicidad de medios de comunicación.
Los locales, salones de fiestas y otros similares, que incumplan con esta norma, en primera instancia tendrán una multa de 10.000 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV’s) lo que equivale actualmente a 19.337 bolivianos, en caso de reincidencia además de la multa será clausurado por 15 días, y el desacato por tercera vez, será sancionado con clausura definitiva.
Fuente: LA PATRIA
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